Asuntos acumulados C-356/11 y C-357/11: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 6 de diciembre de 2012 (petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein hallinto-oikeus — Finlandia) — O., S./Maahanmuuttovirasto (C-356/11), y Maahanmuuttovirasto/L. (C-357/11) (Ciudadanía de la Unión — Artículo 20 TFUE — Directiva 2003/86/CE — Derecho a la reagrupación familiar — Ciudadanos de la Unión de corta edad que residen con sus madres, nacionales de terceros países, en el territorio del Estado miembro del que dichos menores tienen la nacionalidad — Derecho de residencia permanente en ese Estado miembro de las madres a las que se ha concedido la guarda y custodia exclusiva de los ciudadanos de la Unión — Reconstitución de las familias a raíz de un nuevo matrimonio de las madres con nacionales de terceros países y del nacimiento de hijos, también nacionales de terceros países, fruto de dichos matrimonios — Solicitudes de reagrupación familiar en el Estado miembro de origen de los ciudadanos de la ...

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 26/11

Peticiones de decisión prejudicial - Administrativen sad - Varna - Interpretación del Reglamento (CEE) n o 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura estadística y al arancel aduanero común (DO L 256, p. 1), en su versión modificada por el Reglamento

1031/2008 de la Comisión, de 19 de septiembre de

2008, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE)

2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (DO L 291, p. 1) - n o 8528 71 13 de la Nomenclatura Combinada [Aparatos con un dispositivo de microprocesador con un módem incorporado para acceder a Internet y con una función de intercambio de información interactivo con capacidad para captar señales televisivas («adaptadores multimedia que desempeñan una función de comunicación»)] o n o 8521 90 00 [Los demás aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido (vídeos), incluso con receptor de señales de imagen y sonido incorporado] - Dispositivo capaz de captar señales de televisión o de servir de módem para acceder a Internet que asegura una función de intercambio de información interactivo - Significado de los conceptos «Internet», «módem» y «modulación/ desmodulación» a los efectos de las Notas Explicativas de la Nomenclatura Combinada.

La Nomenclatura Combinada que figura en el anexo I del Reglamento (CEE) n o 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la Nomenclatura Arancelaria y Estadística y al Arancel Aduanero Común, en su versión modificada por los Reglamentos (CE) de la Comisión n o 1214/2007, de 20 de septiembre de n o 1031/2008, de 19 de septiembre de 2008, y 948/2009, de 30 de septiembre de 2009, respectivamente, debe interpretarse en el sentido de que, a los efectos de la clasificación de una mercancía en la subpartida 8528 71 13, un módem incorporado para acceder a Internet consiste en un dispositivo capaz por sí solo, sin intervención de ningún otro aparato o mecanismo, de acceder a Internet y de asegurar una interactividad y un intercambio de información bidireccional. Únicamente la capacidad para acceder a Internet, y no la técnica empleada para lograrlo, es pertinente a los efectos de la clasificación en dicha subpartida.

citada Nomenclatura Combinada debe interpretarse en el sentido de que la captación de señales televisivas y la presencia de un módem que permita acceder a Internet son dos funciones equivalentes que deben cumplir los aparatos para ser clasificados en la subpartida 8528 71 13. A falta de una u otra de estas funciones, los aparatos deben clasificarse en la subpartida 8528 71 19.

artículo 78

apartado 2, del Reglamento (CEE) n o 2913/92...

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