Directiva 2008/37/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2008, que modifica la Directiva 2005/68/CE relativa al reaseguro, por lo que se refiere a las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión (1)

SectionDirective
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

DIRECTIVA 2008/37/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 11 de marzo de 2008 que modifica la Directiva 2005/68/CE relativa al reaseguro, por lo que se refiere a las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión (Texto pertinente a efectos del EEE) EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado por el que se establece la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 47, apartado 2, y su artículo 55,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (2),

Considerando lo siguiente:

(1) La Directiva 2005/68/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (3) establece que determinadas medidas deben adoptarse de conformidad con la Decisión 1999/468/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión (4).

(2) La Decisión 1999/468/CE fue modificada por la Decisión 2006/512/CE, que introdujo el procedimiento de reglamentación con control para la adopción de medidas de alcance general destinadas a modificar elementos no esenciales de un acto de base adoptado según el procedimiento previsto en el artículo 251 del Tratado, incluso suprimiendo algunos de esos elementos, o completando el acto con nuevos elementos no esenciales.

(3) De conformidad con la Declaración del Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión (5) relativa a la Decisión 2006/512/CE, para que el procedimiento de reglamentación con control sea aplicable a los actos ya vigentes adoptados según el procedimiento establecido en el artículo 251, estos últimos deben adaptarse de acuerdo con los procedimientos aplicables.

(4) Conviene conferir competencias a la Comisión para que adopte las medidas necesarias para la aplicación de la Directiva 2005/68/CE a fin de tener en cuenta la evolución técnica del sector de seguros o de los mercados financieros y garantizar la aplicación uniforme de dicha Directiva. Estas medidas se dirigen, en particular, a ampliar la lista de formas jurídicas, a clarificar o adaptar los elementos constitutivos del margen de solvencia, a incrementar los importes de las primas o de los siniestros utilizados para calcular el margen de solvencia en los casos de operaciones o tipos de contrato específicos de resaseguro, a modificar el importe mínimo del fondo de garantía y a...

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