Reglamento (CE) nº 362/2005 de la Comisión, de 3 de marzo de 2005, por el que se rechazan las solicitudes de certificados de exportación de los productos del código NC 11010015

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 362/2005 DE LA COMISIÓN

de 3 de marzo de 2005

por el que se rechazan las solicitudes de certificados de exportación de los productos del código NC 1101 00 15

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) no 1784/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los cereales (1), Visto el Reglamento (CE) no 1342/2003 de laComisión, de 27 de julio de 2003, por el que se establecen disposiciones especiales de aplicación del régimen de certificados de importación en el sector de los cereales y del arroz (2), y, en particular, su artículo 8, apartado 1, Considerando lo siguiente:

El volumen de solicitudes de certificados que implican fijación anticipada de las restituciones para los productos del código NC 1101 00 15 es importante y presenta un carácter especulativo.

Por consiguiente, se ha decidido rechazar todas las solicitudes de certificados de exportación de ese producto presentadas el 1 de marzo de 2005.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1342/2003, se rechazan las solicitudes de certificados de exportación que implican fijación anticipada de las restituciones de productos del código NC 1101 00 15, presentadas el 1 de marzo de 2005.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 4 de marzo de 2005.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable...

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