Decisión de la Comisión, de 17 de agosto de 2005, por la que se reconocen con carácter provisional los sistemas de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, de conformidad con el artículo 4, apartado 2, letra d), del Reglamento (CE) nº 21/2004 del Consejo ...

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

II

(Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad)

COMISIÓN

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 17 de agosto de 2005

por la que se reconocen con carácter provisional los sistemas de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, de conformidad con el artículo 4, apartado 2, letra d), del Reglamento (CE) no 21/2004 del Consejo

[notificada con el número C(2005) 3122]

(El texto en lengua inglesa es el único auténtico)

(2005/617/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 21/2004 del Consejo, de 17 de diciembre de 2003, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina y se modifica el Reglamento (CE) no 1782/2003 y las Directivas 92/102/CEE y 64/432/CEE (1), y, en particular, su artículo 4, apartado 2, letra d),

Considerando lo siguiente:

(1) Las autoridades competentes del Reino Unido han presentado dos solicitudes, acompañadas de los documentos adecuados, de reconocimiento del sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina aplicado en Gran Bretaña e Irlanda respectivamente.

(2) Con ocasión de una misión de inspección veterinaria realizada por la Comisión en el Reino Unido, los expertos de la Comisión comprobaron que, en Gran Bretaña, los sistemas de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina aplicados y propuestos son, en general, capaces de asegurar el cumplimiento de la mayor parte de los objetivos establecidos en el Reglamento (CE) no 21/2004, aunque es necesario abordar varias deficiencias. En Irlanda del Norte, el sistema de identificación y registro de los animales de la especie ovina propuesto podría asegurar el cumplimiento de la mayor parte de los objetivos que establece el Reglamento (CE) no 21/2004, pero su aplicación exigiría un elevado nivel de concienciación y compromiso de todas las partes interesadas.

(3) Las autoridades competentes del Reino Unido se han comprometido a abordar las inquietudes planteadas, en particular, a adoptar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de las disposiciones del Reglamento (CE) no 21/2004 en un plazo de 10 semanas a partir de la aprobación de la solicitud.

(4) Por tanto, procede aprobar los sistemas de identificación y...

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