Recurso interpuesto el 9 de noviembre de 2018 contra Islandia por el Órgano de Vigilancia de la AELC (Asunto E-5/18)

Sectioninformación judicial

10.1.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 9/8

El 9 de noviembre de 2018, el Órgano de Vigilancia de la AELC, representado por Carsten Zatschler, Catherine Howdle e Ingibjörg Ólöf Vilhjálmsdóttir, agentes de dicho Órgano con dirección en 35, Rue Belliard, B-1040 Bruselas, presentó ante el Tribunal de la AELC un recurso contra Islandia.

El Órgano de Vigilancia de la AELC solicita al Tribunal que:

  1. Declare que, al no haber adoptado las disposiciones necesarias para la aplicación en el plazo prescrito del Acto mencionado en los puntos 7 quinquies, 7 septies y 7 duodecies del anexo XIX del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo [Directiva 2013/11/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo y el Reglamento (CE) n.o 2006/2004 y la Directiva 2009/22/CE], en su versión adaptada al Acuerdo EEE mediante su Protocolo 1, y, en cualquier caso, al no haber notificado al Órgano de Vigilancia de la AELC las disposiciones que ha adoptado para tal fin, Islandia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de ese Acto y del artículo 7 del Acuerdo EEE.

  2. Condene en costas a Islandia.

Antecedentes de hecho, fundamentos de Derecho y motivos invocados:

— La solicitud se refiere al hecho de que Islandia no ha dado cumplimiento, a 23 de abril de 2018, al dictamen motivado emitido por el Órgano de...

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