Reglamento (CE) nº 2093/2005 de la Comisión, de 20 de diciembre de 2005, relativo a la apertura de una licitación para la reducción del derecho de importación en España de maíz procedente de terceros países

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 2093/2005 DE LA COMISIÓN

de 20 de diciembre de 2005

relativo a la apertura de una licitación para la reducción del derecho de importación en España de maíz procedente de terceros países

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) no 1784/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los cereales (1), y, en particular, su artículo 12, apartado 1, Considerando lo siguiente:

(1) En virtud de las obligaciones internacionales de la Comunidad en el marco de las negociaciones multilaterales de la Ronda Uruguay (2), la Comunidad se comprometió a importar en España una cantidad determinada de maíz.

(2) El Reglamento (CE) no 1839/95 de la Comisión, de 26 de julio de 1995, por el que se establecen las disposiciones de aplicación de los contingentes arancelarios por importación de maíz y sorgo en España y de maíz en Portugal (3), establece las disposiciones complementarias específicas necesarias para la aplicación de las licitaciones.

(3) Dadas las necesidades actuales del mercado en España, es conveniente abrir una licitación para la reducción del derecho de importación de maíz.

(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1
  1. Se procederá a una licitación para la reducción del derecho contemplado en el artículo 10, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1784/2003 por la importación de maíz en España.

  2. Serán aplicables las disposiciones del Reglamento (CE) no 1839/95.

Artículo 2

La licitación estará abierta hasta el 29 de junio de 2006. Durante la misma, se procederá a licitaciones semanales cuyas cantidades y fechas de presentación de las ofertas se determinarán por el anuncio de licitación.

Artículo 3

Los certificados de importación expedidos en el marco de las presentes licitaciones serán válidos 50 días a partir de la fecha de su expedición, en el sentido del artículo 10, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1839/95.

Artículo 4

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 20 de diciembre de 2005.

Por la...

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