Reglamento (UE) nº 165/2011 de la Comisión, de 22 de febrero de 2011, por el que se reducen determinadas cuotas de caballa asignadas a España para 2011 y años siguientes debido a la sobrepesca practicada en 2010

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

23.2.2011 Diario Oficial de la Unión Europea L 48/11

ES

II

(Actos no legislativos)

REGLAMENTOS

REGLAMENTO (UE) N o 165/2011 DE LA COMISIÓN

de 22 de febrero de 2011

por el que se reducen determinadas cuotas de caballa asignadas a España para 2011 y años siguientes debido a la sobrepesca practicada en 2010

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009 , por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común, se modifican los Reglamentos (CE) n o 847/96, (CE) n o 2371/2002, (CE) n o 811/2004, (CE) n o 768/2005, (CE) n o 2115/2005, (CE) n o 2166/2005, (CE) n o 388/2006, (CE) n o 509/2007, (CE) n o 676/2007, (CE) n o 1098/2007, (CE) n o 1300/2008 y (CE) n o 1342/2008 y se derogan los Reglamentos (CEE) n o 2847/93, (CE) n o 1627/94 y (CE) n o 1966/2006

( 1

), y, en particular, su artículo 105, apartados 1 y 2,

Considerando lo siguiente:

(1) A España se le asignó una cuota de pesca de caballa en las zonas VIIIc, IX y X y en las aguas de la UE del CPACO 34.1.1 para el año 2010 mediante el Reglamento (UE) n o 53/2010 del Consejo

( 2

) y para el año 2011 mediante el Reglamento (UE) n o 57/2011 del Consejo

( 3 ).

(2) La cuota de pesca de caballa para 2010 se redujo tras los cambios efectuados por España con Francia y Portugal, al amparo del artículo 20, apartado 5, del Reglamento (CE) n o 2371/2002 del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, sobre la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la política pesquera común

( 4 ).

(3) La Comisión detectó incoherencias en los datos comunicados por España sobre la pesquería de caballa en 2010 mediante un control cruzado de dichos datos, tal como habían sido registrados y notificados en diferentes etapas de la cadena de valor, desde la captura hasta la primera venta. Estas incoherencias fueron corroboradas posteriormente a través de varias auditorías, visitas de verificación e inspecciones efectuadas en España, de conformidad con el Reglamento (CE) n o 1224/2009. Las pruebas reunidas en el curso de la investigación permitieron a la Comisión demostrar que dicho Estado miembro había rebasado su cuota de caballa para 2010 en 19 621 toneladas.

(4) De acuerdo con el artículo 105, apartado 1, del Reglamento (CE) n o 1224/2009, si la Comisión establece que...

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