Reglamento Delegado (UE) 2015/1549 de la Comisión, de 17 de septiembre de 2015, por el que se establecen medidas excepcionales de carácter temporal en el sector de la leche y los productos lácteos en forma de ampliación del período de intervención pública de mantequilla y leche desnatada en polvo en 2015 y de adelanto del período de intervención pública de mantequilla y leche desnatada en polvo en 2016

SectionReglamento delegado
Issuing OrganizationComisión Europea

18.9.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 242/28

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) no 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) no 922/72, (CEE) no 234/79, (CE) no 1037/2001 y (CE) no 1234/2007 (1), y, en particular, su artículo 219, apartado 1, leído en relación con su artículo 228,

Considerando lo siguiente:

(1) El 7 de agosto de 2014, Rusia anunció una prohibición de las importaciones de determinados productos de la Unión a Rusia, que incluye la leche y los productos lácteos. Esta prohibición creó una grave amenaza de perturbaciones del mercado provocadas por las importantes caídas de precios debido a que un importante mercado de exportación dejó de estar disponible repentinamente.

(2) El 25 de junio de 2015, Rusia prorrogó la prohibición de importación de productos agrícolas y alimenticios originarios de la UE durante un año más, hasta el 6 de agosto de 2016.

(3) Además, la demanda mundial de leche y productos lácteos se deterioró en general a lo largo de 2014 y en los primeros meses de 2015.

(4) Como consecuencia, los precios de la mantequilla y de la leche desnatada en polvo en la Unión han seguido disminuyendo y esta tendencia a la baja es probable que continúe.

(5) Por lo tanto, ha surgido una situación en la que las medidas habituales disponibles en virtud del Reglamento (UE) no 1308/2013 resultan insuficientes para hacer frente a las perturbaciones del mercado.

(6) El artículo 12, letra d), del Reglamento (UE) no 1308/2013 establece que la intervención pública para la mantequilla y la leche desnatada en polvo es posible entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre. De conformidad con las medidas excepcionales de carácter temporal establecidas en el Reglamento Delegado (UE) no 1336/2014 de la Comisión (2), en 2015 la intervención pública para la mantequilla y la leche desnatada en polvo está disponible entre el 1 de enero y el 30 de septiembre.

(7) Con el fin de prever la posibilidad de utilizar rápidamente todas las medidas de mercado posibles y hacer frente a una situación en la que se deteriorarían aún más los precios y se agravarían las perturbaciones del mercado, es esencial que la intervención pública siga estando disponible sin interrupción hasta el inicio del próximo período de...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT