Reglamento Delegado (UE) 2018/1728 de la Comisión, de 13 de julio de 2018, que completa el Reglamento (UE) n.o 515/2014 por lo que respecta a la asignación de financiación adicional con cargo al presupuesto de la UE para la aplicación del Sistema de Entradas y Salidas

SectionReglamento delegado
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

16.11.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 288/1

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 515/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, por el que se establece, como parte del Fondo de Seguridad Interior, el instrumento de apoyo financiero a las fronteras exteriores y los visados y por el que se deroga la Decisión 574/2007/CE (1), y en particular su artículo 15, párrafo segundo,

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 5, apartado 5, letra b), del Reglamento (UE) n.o 515/2014 asigna 791 millones EUR para el desarrollo de sistemas informáticos en apoyo de la gestión de los flujos migratorios en las fronteras exteriores, a reserva de la adopción de los actos legislativos de la Unión pertinentes.

(2) El artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 515/2014 faculta a la Comisión para adoptar un acto delegado por el que se establezca el desglose del importe mencionado en el artículo 5, apartado 5, letra b), del Reglamento (UE) n.o 515/2014 para el desarrollo de sistemas informáticos, en caso de que el desglose de dicho importe no se realice en los actos legislativos de la Unión pertinentes.

(3) El Reglamento (UE) 2017/2226 del Parlamento Europeo y del Consejo (2) establece el Sistema de Entradas y Salidas (SES). El SES es un componente esencial de los sistemas informáticos mencionados en los considerandos 1 y 2. Además, es esencial que el Reglamento (UE) 2017/2226 empiece a aplicarse sin más dilación, a fin de que el sistema sea plenamente operativo en 2020, según lo previsto.

(4) El artículo 64 del Reglamento (UE) 2017/2226 especifica los costes relativos a la aplicación del SES que serán sufragados por el presupuesto general de la Unión, que financiará así el 100 % de estos costes. Sin embargo, esa disposición no determina ni el volumen de financiación adicional que se dedicará a sufragar dichos costes, ni su desglose por tipo de costes y beneficiarios.

(5) De la dotación financiera prevista en el artículo 5, apartado 5, letra b), del Reglamento (UE) n.o 515/2014, debe estar disponible una asignación global de 480 241 000 EUR para sufragar los gastos vinculados a la aplicación del artículo 64, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) 2017/2226.

(6) De esa asignación global, debe ponerse a disposición de la Agencia Europea para la Gestión Operativa de Sistemas Informáticos de Gran Magnitud en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia (en lo sucesivo, «eu-LISA») un importe de 287 863 000 EUR para sufragar, de conformidad con el artículo 37 del Reglamento (UE) 2017/2226, los costes relativos a la creación y el funcionamiento del sistema central del SES, la infraestructura de comunicación, la interfaz nacional uniforme (INU), el servicio web y el archivo de datos al que se refiere el artículo 63, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2226, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64, apartado 1, de dicho Reglamento.

(7) De esa asignación global, debe ponerse a disposición de los Estados miembros un importe de 192 378 000 EUR para sufragar los costes relativos a la integración de la infraestructura fronteriza nacional existente y su conexión a la INU, así como los relativos al alojamiento de la INU, tal y como se prevé en el artículo 64, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2226. Además, dicho importe debe sufragar los costes vinculados a la creación y el funcionamiento de las INU conforme a lo dispuesto en el artículo 64, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/2226, ya que esos costes son soportados tanto por eu-LISA como por los Estados miembros.

(8) De conformidad con el artículo 64, apartado 2, párrafo segundo, del Reglamento (UE) 2017/2226, el importe de 192 378 000 EUR no podrá...

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