Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1072 del Consejo, de 30 de julio de 2018, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 269/2014 relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania

SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

31.7.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 194/27

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 269/2014 del Consejo, de 17 de marzo de 2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (1), y en particular su artículo 14, apartado 1,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 17 de marzo de 2014, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 269/2014.

(2) Como parte de la política de la Unión de no reconocimiento de la anexión ilegal de Crimea y Sebastopol, el Consejo considera que la construcción del puente de Kerch es una prueba más de acciones que menoscaban la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

(3) La construcción de este puente y su inauguración oficial, el 15 de mayo de 2018, son pasos simbólicos fundamentales para que la Federación de Rusia consolide su control sobre Crimea y Sebastopol, anexionadas ilegalmente, y mantenga la península aún más aislada de Ucrania.

(4) En virtud de lo expuesto, deben añadirse nuevas entidades a la lista de personas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014.

(5) Procede modificar, por tanto, el anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Las entidades enumeradas en el anexo del presente Reglamento se añadirán a la lista de entidades que figura en el anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014.

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio...

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