Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1190 de la Comisión de 11 de agosto de 2020 por el que se corrige el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/983, sobre el procedimiento de expedición de la tarjeta profesional europea y la aplicación del mecanismo de alerta con arreglo a lo dispuesto en la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

12.8.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 262/4

(1) De conformidad con el artículo 20, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/983 de la Comisión (2), tanto a efectos de establecimiento como de prestación temporal y ocasional de servicios conforme al artículo 7, apartado 4, de la Directiva 2005/36/CE, la autoridad competente del Estado miembro de acogida debe adoptar previamente una serie de decisiones. Entre ellas se encuentra la decisión de prorrogar la validez de la tarjeta profesional europea.

(2) No obstante, el artículo 7, apartado 4, de la Directiva 2005/36/CE solo se aplica a las situaciones en las que los servicios se prestan por primera vez. Por tanto, en el contexto del artículo 20, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/983, no procede decidir prorrogar la validez...

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