Reglamento de Ejecución (UE) nº 941/2011 del Consejo, de 22 de septiembre de 2011, por el que se aplica el artículo 16, apartados 2 y 5, del Reglamento (UE) nº 204/2011, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia

SectionReglamento
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

ES

23.9.2011 Diario Oficial de la Unión Europea L 246/11

II

(Actos no legislativos)

REGLAMENTOS

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 941/2011 DEL CONSEJO

de 22 de septiembre de 2011

por el que se aplica el artículo 16, apartados 2 y 5, del Reglamento (UE) n o 204/2011, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n o 204/2011 del Consejo, de 2 de marzo de 2011, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia

( 1 ), y, en particular, su artículo 16, apartados 2 y 5,

Considerando lo siguiente:

(1) El 2 de marzo de 2011, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n o 204/2011.

(2) A raíz de la adopción, el 16 de septiembre de 2011, de la Resolución 2009 (2011) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y, de conformidad con la Decisión 2011/625/PESC del Consejo, de 22 de septiembre de 2011, por la que se modifica la Decisión 2011/137/PESC

relativa a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia

( 2

) , deben modificarse las listas de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas que figuran en los anexos II y III del Reglamento (UE) n o 204/2011.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Las entradas correspondientes a las entidades que figuran en el anexo del presente Reglamento se suprimen de las listas que figuran en los anexos II y III del Reglamento (UE) n o 204/2011.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 22 de septiembre de 2011.

Por el Consejo El Presidente

M. DOWGIELEWICZ

( 1 ) DO L 58 de 3.3.2011, p. 1.

( 2 ) Véase la página 30 del presente Diario Oficial.

ES

L 246/12 Diario Oficial de la Unión Europea 23.9.2011

ANEXO

Entidades a que se refiere el artículo 1

Entrada suprimida de la lista que figura en el anexo II del Reglamento (UE) n o...

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