Reglamento (UE) 2019/631 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, por el que se establecen normas de comportamiento en materia de emisiones de CO2 de los turismos nuevos y de los vehículos comerciales ligeros nuevos, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 443/2009 y (UE) n.o 510/2011

Enforcement date:May 19, 2019
SectionReglamento
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

25.4.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 111/13

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 192, apartado 1,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los Parlamentos nacionales,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),

Previa consulta al Comité de las Regiones,

De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario (2),

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n.o 443/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo (3) y el Reglamento (UE) n.o 510/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (4) han sido modificados en diversas ocasiones y de forma sustancial. Con motivo de nuevas modificaciones y en aras de la claridad, conviene proceder a la refundición de dichos Reglamentos.

(2) Con el fin de ofrecer una transición coherente y eficaz a raíz de la refundición y derogación de los Reglamentos (CE) n.o 443/2009 y (UE) n.o 510/2011, el presente Reglamento debe aplicarse a partir del 1 de enero de 2020. Sin embargo, procede mantener, sin cambios hasta 2024, las normas de comportamiento en materia de emisiones de CO2 y las modalidades para lograrlas tal como se establecen en dichos Reglamentos.

(3) El Acuerdo de París (5) establece, entre otras disposiciones, un objetivo a largo plazo que está en consonancia con el objetivo de mantener el aumento de la temperatura media mundial muy por debajo de los 2 °C en relación con los niveles preindustriales, y de proseguir los esfuerzos para que permanezca en 1,5 °C por encima de esos niveles. Las últimas conclusiones científicas comunicadas por el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) en su informe especial sobre las repercusiones del calentamiento global de 1,5°C por encima de los niveles preindustriales y de las correspondientes trayectorias mundiales de la emisión de gases de efecto invernadero confirman de forma inequívoca los efectos negativos del cambio climático. Dicho informe especial concluye que la reducción de emisiones en todos los sectores es crucial para limitar el calentamiento global.

(4) Para contribuir a los objetivos del Acuerdo de París, es necesario acelerar la transformación de todo el sector del transporte hacia las cero emisiones, teniendo en cuenta la Comunicación de la Comisión, de 28 de noviembre de 2018, titulada «Un planeta limpio para todos: una visión estratégica europea a largo plazo para una economía próspera, moderna, competitiva y climáticamente neutra», en la que se esboza una visión de las transformaciones económicas y sociales que son necesarias, con la participación de todos los sectores de la economía y la sociedad, para lograr la transición a cero emisiones netas de gases de efecto invernadero de aquí a 2050. Las emisiones de contaminantes atmosféricos procedentes del transporte que perjudican seriamente nuestra salud y el medio ambiente deben reducirse también drásticamente sin demora. Después de 2020, se tendrán que seguir reduciendo las emisiones de los vehículos de motor de combustión tradicionales, y será necesario que los vehículos de emisión cero o de baja emisión se generalicen y ganen una cuota de mercado significativa antes de 2030. Será necesario seguir reduciendo las emisiones de CO2 de los turismos y los vehículos comerciales ligeros con posterioridad a 2030.

(5) Las Comunicaciones de la Comisión tituladas «“Europa en movimiento”, una Agenda para una transición socialmente justa hacia una movilidad limpia, competitiva y conectada para todos» y «Hacia la consecución de una movilidad de bajas emisiones-Una Unión Europea que proteja el planeta, empodere a sus consumidores y defienda a su industria y sus trabajadores», de 31 de mayo de 2017 y 8 de noviembre de 2017 respectivamente, destacan que las normas de comportamiento en materia de emisiones de CO2 para los turismos y los vehículos comerciales ligeros son un importante motor de innovación y eficiencia y contribuyen a reforzar la competitividad de la industria del automóvil y a allanar el camino a los vehículos de emisión cero o de baja emisión de manera tecnológicamente neutra.

(6) El presente Reglamento traza una trayectoria clara para las reducciones de las emisiones de CO2 del sector del transporte por carretera y contribuye a cumplir el objetivo vinculante de reducción interna del 40 % como mínimo de las emisiones de gases de efecto invernadero en el conjunto de la economía de aquí a 2030, en comparación con 1990, tal como quedó refrendado en las Conclusiones del Consejo Europeo de los días 23 y 24 de octubre de 2014, y aprobado como contribución prevista determinada a nivel nacional de la Unión y sus Estados miembros de conformidad con el Acuerdo de París en la reunión del Consejo de Medio Ambiente de 6 de marzo de 2015.

(7) El Reglamento (UE) 2018/842 del Parlamento Europeo y del Consejo (6) impone a los Estados miembros determinadas obligaciones para cumplir el objetivo de la Unión de reducir en 2030 las emisiones de gases de efecto invernadero en un 30 %, en relación con los niveles de 2005, para los sectores que no forman parte del sistema de comercio de derechos de emisión de la Unión Europea establecido por la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (7). El transporte por carretera es un contribuyente importante a las emisiones de estos sectores. Además, las emisiones del transporte por carretera muestran una tendencia al alza, y siguen muy por encima de los niveles de 1990. Si las emisiones del sector del transporte por carretera continúan creciendo, dicho crecimiento continuará neutralizando las reducciones de emisiones conseguidas en otros sectores para luchar contra el cambio climático.

(8) Las conclusiones del Consejo Europeo de los días 23 y 24 de octubre de 2014 destacan la importancia de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y los riesgos relacionados con la dependencia de los combustibles fósiles en el sector del transporte a través de una perspectiva global y tecnológicamente neutra que promueva la reducción de las emisiones y la eficiencia energética en el transporte, así como el transporte eléctrico y las fuentes de energía renovables en el transporte también a partir de 2020.

(9) A fin de ofrecer a los consumidores de la Unión Europea una energía segura, sostenible, competitiva y asequible, la eficiencia energética como contribución a la moderación de la demanda es una de las cinco dimensiones estrechamente interrelacionadas y mutuamente reforzadas que se establecen en la Comunicación de la Comisión de 25 de febrero de 2015 titulada «Estrategia Marco para una Unión de la Energía resiliente con una política climática prospectiva». En esta Comunicación se establece que, aunque todos los sectores económicos deben tomar medidas para aumentar la eficiencia del consumo de energía, el transporte tiene un enorme potencial de eficiencia energética, cuya realización exige seguir centrándose en el endurecimiento de las normas de comportamiento en materia de emisiones de CO2 de los turismos y vehículos comerciales ligeros con la vista puesta en 2030.

(10) Una evaluación de los Reglamentos (CE) n.o 443/2009 y (UE) n.o 510/2011 realizada en 2015 concluyó que ambos reglamentos habían sido pertinentes y en términos generales coherentes, y que habían generado importantes reducciones de emisiones, mostrándose al mismo tiempo más rentables de lo inicialmente previsto. También habían generado un considerable valor añadido de la Unión que no hubiera podido lograrse en las mismas proporciones a través de medidas nacionales. No obstante, los beneficios de estos Reglamentos se han visto erosionados por la acentuación de las divergencias entre las emisiones de CO2 medidas según el Nuevo Ciclo de Conducción Europeo (NEDC) y las emisiones de CO2 emitidas por vehículos conducidos en condiciones reales.

(11) Procede, por lo tanto, perseguir los objetivos de los Reglamentos (CE) n.o 443/2009 y (UE) n.o 510/2011 mediante la adopción de nuevos objetivos de reducción de las emisiones de CO2 a escala del parque de la Unión para los turismos y los vehículos comerciales ligeros, de aquí a 2030. Al definir los niveles de dichos objetivos, se han tenido en cuenta su eficacia en la consecución de una contribución eficaz a la reducción de las emisiones de los sectores a los que se aplica el Reglamento (UE) 2018/842 a más tardar en 2030, los costes y los ahorros resultantes para la sociedad, los fabricantes y los usuarios de los vehículos, así como sus implicaciones directas e indirectas en el empleo, la competitividad y la innovación y los beneficios colaterales generados en términos de reducción de la contaminación del aire y la seguridad energética. Habida cuenta de que la cuota de mercado y, por consiguiente, la contribución global de las emisiones de CO2 de los turismos son significativamente superiores a las de los vehículos comerciales ligeros, conviene aplicar un planteamiento diferenciado entre turismos y vehículos comerciales ligeros.

(12) Debe garantizarse una transición socialmente aceptable y justa hacia una movilidad sin emisiones. Por ello, es importante tener en cuenta los efectos sociales de dicha transición en toda la cadena de valor del automóvil, y abordar de manera proactiva las implicaciones para el empleo. Es necesario pensar en programas específicos a escala de la Unión, nacional y regional para el reciclaje profesional, la capacitación y la recolocación de los trabajadores, así como en iniciativas en materia de educación y búsqueda de empleo en las comunidades y regiones perjudicadas, en estrecha colaboración con los interlocutores sociales y las autoridades competentes. Como parte de esa transición, debe reforzarse el empleo de las mujeres y la igualdad de oportunidades en este sector.

(13) El éxito de la transición hacia una movilidad sin emisiones pasa por un enfoque integrado y la existencia de...

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