Decisión de Ejecución del Consejo, de 21 de junio de 2013, por la que se modifica la Decisión de Ejecución 2011/344/UE, relativa a la concesión de ayuda financiera de la Unión a Portugal

SectionDecisión de ejecución
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

27.6.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 175/47

ES

DECISIONES DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO

de 21 de junio de 2013

por la que se modifica la Decisión de Ejecución 2011/344/UE, relativa a la concesión de ayuda financiera de la Unión a Portugal

(2013/323/UE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n o 407/2010 del Consejo, de 11 de mayo de 2010, por el que se establece un mecanismo europeo de estabilización financiera

( 1 ), y en particular su artículo 3, apartado 2,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) A petición de Portugal, el Consejo le concedió asistencia financiera el 17 de mayo de 2011 (Decisión de Ejecución 2011/344/UE

( 2 )) en apoyo a un estricto programa de reformas económicas y financieras (en lo sucesivo «Programa») destinado a restablecer la confianza, recuperar el crecimiento económico sostenible, y preservar la estabilidad financiera de Portugal, de la zona del euro y de la Unión.

(2) De conformidad con el artículo 3, apartado 10, de la Decisión de Ejecución 2011/344/UE, la Comisión, conjuntamente con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y en concertación con el Banco Central Europeo (BCE), realizó la séptima evaluación de los progresos de las autoridades portuguesas en la aplicación de las medidas acordadas al amparo del Programa, entre el 25 de febrero y el 14 de marzo. Posteriormente, del 14 al 17 de abril y del 8 al 11 de mayo de 2013 se realizó una evaluación adicional de algunas medidas presupuestarias.

(3) Sería conveniente una ampliación del plazo de vencimiento medio máximo de los préstamos de la Unión, ya que respaldaría los esfuerzos de Portugal para recobrar el pleno acceso al mercado y salir con éxito del Programa. Con el fin de sacar el máximo partido a la prolongación del plazo de vencimiento medio máximo del préstamo de la Unión, debe autorizarse a la Comisión a prolongar el vencimiento de tramos y cuotas.

(4) El producto interior bruto (PIB) real disminuyó un 3,2 % en 2012, tras haberse registrado en el último trimestre del año una contracción de la actividad económica y del empleo de amplitud inesperada. Esta evolución requiere una revisión a la baja de las perspectivas económicas:

ahora se prevé que el PIB real disminuirá un 2,3 % en 2013 debido a una situación heredada de 2012 más negativa de lo previsto, a una mayor contracción del consumo interno, como consecuencia de un desempleo mayor de lo previsto, y a unas peores perspectivas para la demanda externa. También se prevé que la recuperación económica sea más moderada de lo esperado anteriormente: el PIB real tocaría fondo en el segundo semestre del año y comenzaría a crecer en 2014 a una tasa anual del 0,6 %; en 2015, alcanzaría el 1,5 %. Se espera que la tasa de desempleo alcance un máximo en 2014 (18,5 % de la población activa).

(5) El déficit de las administraciones públicas alcanzó el 6,4 % del PIB en 2012, cifra que es superior al objetivo del Programa (5 % del PIB). El déficit global estuvo afectado por una serie de grandes operaciones puntuales, cuyos efectos sobre el presupuesto no se conocían al realizarse la evaluación anterior. Estas operaciones incluyen la aportación de capital al banco estatal CGD (0,5 % del PIB), la recanalización a través del Estado de la conversión en acciones de los préstamos de los accionistas de Parpública a SAGESTAMO, dos empresas fuera de la esfera de las administraciones públicas (0,5 % del PIB), y las pérdidas de valor asociadas a la transferencia de activos de BPN (0,1 % del PIB). Por otra parte, tras consultar Eurostat, los ingresos procedentes de la venta de las concesiones de explotación de los principales aeropuertos de Portugal se trataron como una retirada de capital, no afectando, pues, al saldo presupuestario de las administraciones públicas, contrariamente a lo que el Gobierno había previsto en el presupuesto (0,7 % del PIB). Excluyendo del saldo presupuestario global los efectos de estos factores puntuales, el déficit de las administraciones públicas habría sido del 4,7 %, cifra inferior al objetivo. La limitación del déficit a este nivel planteaba problemas ya que los peores resultados en materia de ingresos, causados por factores macroeconómicos, debían compensarse con unos ahorros superiores a los presupuestados, particularmente en la masa salarial del sector público, el consumo intermedio y los créditos para nuevos proyectos de inversión.

(6) Globalmente, el esfuerzo presupuestario en 2012, medido por la mejora del saldo estructural, alcanzó el 2,4 % del PIB y sigue la recomendación del Consejo, de 9 de octubre de 2012, con miras a poner fin a la situación de déficit público excesivo en Portugal. La mejora del saldo primario estructural fue incluso superior (2,7 % del PIB).

( 1 ) DO L 118 de 12.5.2010, p. 1.

( 2 ) DO L 159 de 17.6.2011, p. 88.

L 175/48 Diario Oficial de la Unión Europea 27.6.2013

ES

(7) Teniendo en cuenta la evolución observada en 2012, el nuevo escenario presupuestario de referencia para 2013 supone que los menores ingresos y las mayores transferencias sociales en especie se trasladan al ejercicio siguiente, mientras que gran parte de los ahorros de gastos realizados en el último trimestre de 2012 se consideran no permanentes, lo que provoca una transferencia negativa equivalente aproximadamente al 0,4 % del PIB en 2013. Por otra parte, el significativo deterioro de las perspectivas macroeconómicas en 2013 redujo el escenario presupuestario de referencia en otro medio punto porcentual del PIB. A la luz de esta evolución, los objetivos presupuestarios, según se especifican en la quinta evaluación del Programa (4,5 % del PIB en 2013 y 2,5 % del PIB en 2014) ya no son viables. Al estimarse que el desvío escapa fundamentalmente al control del Gobierno, parece adecuado proceder a una revisión del ajuste presupuestario.

(8) Por lo tanto, los objetivos de déficit se han ajustado al 5,5 % del PIB en 2013, el 4,0 % del PIB en 2014 y el 2,5 % del PIB en 2015. Esta senda presupuestaria se ha calibrado de nuevo con el fin de mantener un ajuste del saldo primario estructural próximo al 9 % durante el período 2011-2015, permitiendo al mismo tiempo el funcionamiento de los estabilizadores automáticos y teniendo en cuenta las limitaciones en materia de financiación y deuda así como los costes sociales del ajuste. Incluso con estos objetivos revisados, será necesaria una gran cantidad de medidas de saneamiento, de importe equivalente al 3,5 % del PIB en 2013 y el 2 % del PIB en 2014. El ajuste previsto durante el período del Programa se basa en una serie de medidas estructurales de gastos e ingresos. Se espera que el saneamiento prosiga más allá del período cubierto por el Programa con el fin de situar el déficit claramente por debajo del valor de referencia del 3 % en 2015 a más tardar.

(9) La ley de presupuestos de 2013 incluía medidas discrecionales de carácter estructural equivalentes a algo menos del 3 % del PIB, tras haber contabilizado la restauración de una de las dos pagas extraordinarias de los empleados públicos y de una paga extraordinaria y el 10 % de la otra de los pensionistas, que habían sido suprimidas en 2012. Sin embargo, el 5 de abril de 2013, el Tribunal Constitucional se pronunció contra algunas de las disposiciones del presupuesto de 2013, tales como la supresión de una paga extraordinaria de los empleados públicos y del 90 % de una de las dos pagas extraordinarias de los pensionistas y la aplicación de una nueva sobretasa sobre las prestaciones de desempleo y por enfermedad, creando así un déficit presupuestario equivalente al 0,8 % del PIB. Para cerrar esta brecha y respaldar los ajustes presupuestarios necesarios en 2014 y 2015, el Gobierno adoptó en abril...

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