Reglamento de Ejecución (UE) n o 395/2014 de la Comisión, de 16 de abril de 2014, que modifica el Reglamento (CE) n o 1484/95 en lo que atañe a los precios representativos en los sectores de la carne de aves de corral y de los huevos

SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationParlamento Europeo

17.4.2014 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 115/24

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) no 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) no 922/72, (CEE) no 234/79, (CE) no 1037/2001 y (CE) no 1234/2007 (1), y, en particular, su artículo 183, letra b),

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 1484/95 de la Comisión (2) establece disposiciones de aplicación del régimen de aplicación de derechos adicionales de importación y fija los precios representativos en los sectores de la carne de aves de corral, de los huevos y de la ovoalbúmina.

(2) Del control regular de los datos, en los que se basa la determinación de los precios representativos de los productos de los sectores de la carne de aves de corral, de los huevos y de la ovoalbúmina, se desprende que es necesario modificar los precios representativos para las importaciones de determinados productos teniendo en cuenta las variaciones de los precios en función del origen.

(3) Procede, por tanto, modificar el Reglamento (CE) no 1484/95 en consecuencia.

(4) Debido a la necesidad de garantizar que esta medida se aplique lo antes posible una vez se disponga de los datos actualizados, procede que el presente Reglamento entre en vigor el día de su publicación.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

El anexo I del Reglamento (CE) no 1484/95 se sustituye por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 16 de abril de 2014.

(1) DO L 347 de 20.12.2013, p. 671.

(2) DO L 145 de 29.6.1995, p. 47.

Código NC Designación de la mercancía Precio representativo (EUR/100 kg) Garantía contemplada en el artículo 3, apartado 3 (EUR/100 kg) Origen (1) 0207 12 10 Gallos o gallinas desplumados, eviscerados, sin la cabeza ni las patas pero con el cuello, el...

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