Resolución del Parlamento Europeo, de 15 de enero de 2020, sobre la aplicación de la política común de seguridad y defensa: informe anual de 2018 (2019/2135(INI))

SectionSerie C
Issuing OrganizationParlamento Europeo

7.7.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 270/54

— Vistos el Tratado de la Unión Europea (TUE) y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

— Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de los días 20 de diciembre de 2013, 26 de junio de 2015, 15 de diciembre de 2016, 22 de junio de 2017, 28 de junio de 2018, 14 de diciembre de 2018 y 20 de junio de 2019,

— Vistas las conclusiones del Consejo, de 25 de noviembre de 2013, de 18 de noviembre de 2014, de 18 de mayo de 2015, de 27 de junio de 2016, de 14 de noviembre de 2016, de 18 de mayo de 2017, de 17 de julio de 2017, de 25 de junio de 2018 y de 17 de junio de 2019, sobre la política común de seguridad y defensa,

— Visto el documento titulado «Una visión común, una actuación conjunta: una Europa más fuerte — Estrategia global para la política exterior y de seguridad de la Unión Europea», presentado por la alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad / vicepresidenta de la Comisión (AR/VP) el 28 de junio de 2016,

— Vistas las declaraciones conjuntas, de 8 de julio de 2016 y de 10 de julio de 2018, del presidente del Consejo Europeo, del presidente de la Comisión Europea y del secretario general de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN),

— Vistos el conjunto común de cuarenta y dos propuestas aprobado por el Consejo de la Unión Europea y el Consejo del Atlántico Norte el 6 de diciembre de 2016, y los informes de situación, de 14 de junio y de 5 de diciembre de 2017, sobre su aplicación, así como el nuevo conjunto de treinta y dos propuestas aprobado por ambos Consejos el 5 de diciembre de 2017,

— Visto el Documento de reflexión sobre el futuro de la defensa europea, de 7 de junio de 2017 (COM(2017)0315),

— Vista su Resolución, de 12 de septiembre de 2013, sobre las estructuras militares de la UE: situación y perspectivas futuras (1),

— Vistas la Carta de las Naciones Unidas y el Acta final de Helsinki de 1 de agosto de 1975 de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa,

— Vista su Resolución, de 12 de septiembre de 2017, sobre una Estrategia Espacial para Europa (2),

— Vistas sus recomendaciones, de 15 de noviembre de 2017, al Consejo, a la Comisión y al SEAE sobre la Asociación Oriental en la fase previa a la cumbre de noviembre de 2017 (3),

— Vista su Resolución, de 22 de noviembre de 2016, sobre la Unión Europea de Defensa (4),

— Vista su Resolución, de 16 de marzo de 2017, sobre las repercusiones constitucionales, jurídicas e institucionales de una política común de seguridad y defensa: posibilidades que ofrece el Tratado de Lisboa (5),

— Vista su Resolución, de 5 de julio de 2017, sobre el mandato para la negociación tripartita del proyecto de presupuesto 2018 (6),

— Vista su Resolución, de 11 de diciembre de 2018, sobre movilidad militar (7),

— Visto el Reglamento (UE) 2018/1092 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, por el que se establece el Programa Europeo de Desarrollo Industrial en materia de Defensa con el objetivo de apoyar la competitividad y la capacidad de innovación de la industria de la defensa de la Unión (8),

— Vista su Resolución legislativa, de 18 de abril de 2019, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Fondo Europeo de Defensa (9),

— Vistas sus Resoluciones, de 23 de noviembre de 2016, sobre la aplicación de la política común de seguridad y defensa (sobre la base del Informe anual del Consejo al Parlamento Europeo sobre la política exterior y de seguridad común) (10), de 13 de diciembre de 2017, sobre el Informe anual sobre la aplicación de la política común de seguridad y defensa (11), y de 12 de diciembre de 2018, sobre el informe anual sobre la aplicación de la política común de seguridad y defensa (12),

— Visto el documento titulado «Implementation Plan on Security and Defence» (Plan de aplicación en materia de seguridad y defensa), presentado por la AR/VP el 14 de noviembre de 2016,

— Vista su Resolución, de 13 de junio de 2018, sobre las relaciones UE-OTAN (13),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 30 de noviembre de 2016, titulada «Plan de Acción Europeo de la Defensa» (COM(2016)0950),

— Visto el nuevo paquete de defensa presentado por la Comisión el 7 de junio de 2017 mediante el comunicado de prensa titulado «Una Europa que vele por la seguridad: la Comisión abre un debate acerca de la necesidad de avanzar hacia una unión de seguridad y defensa»,

— Vistas sus Resoluciones, de 14 de diciembre de 2016, sobre la aplicación de la política exterior y de seguridad común (14), de 13 de diciembre de 2017, sobre el Informe Anual sobre la Aplicación de la Política Exterior y de Seguridad Común (15), y de 12 de diciembre de 2018, sobre el Informe anual sobre la aplicación de la política exterior y de seguridad común (16),

— Vista la invasión y anexión ilegales de Crimea por parte de Rusia,

— Visto el Tratado sobre Fuerzas Nucleares de Alcance Medio (Tratado INF), las repetidas violaciones del mismo por parte Rusia, incluido el desarrollo y el despliegue de sistemas de misiles de crucero 9M729 lanzados desde tierra y la retirada de Rusia y los Estados Unidos del Tratado,

— Vista la violación del espacio aéreo y de las fronteras marítimas de Estados miembros por parte de Rusia,

— Visto el aumento de la presencia económica y militar de China en los países mediterráneos y africanos,

— Vista la amenaza del terrorismo interior y extranjero, principalmente de grupos como ISIS y Al-Qaeda,

— Vistas las nuevas tecnologías, como la inteligencia artificial, las capacidades espaciales y la informática cuántica, que presentan nuevas oportunidades para la humanidad, pero al mismo tiempo crean nuevos retos en la política de defensa y exterior que exigen una estrategia clara y un consenso entre aliados,

— Vista la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), de 24 de junio de 2014, en el asunto C-658/11, Parlamento Europeo, apoyado por Comisión Europea, contra el Consejo de la Unión Europea (17),

— Visto el Plan de Acción sobre Movilidad Militar de la Unión, publicado el 28 de marzo de 2018,

— Vistas las Conclusiones del Consejo relativas al fortalecimiento de la asociación estratégica Naciones Unidas-UE para las operaciones de paz y la gestión de crisis: prioridades 2019-2021, adoptadas el 18 de septiembre de 2018,

— Visto el artículo 54 de su Reglamento interno,

— Vista la opinión de la Comisión de Asuntos Constitucionales,

— Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores (A9-0052/2019),

  1. Toma nota del deterioro continuado del entorno de seguridad de la Unión, que se enfrenta a un gran número de retos que afectan directa o indirectamente a la seguridad de los Estados miembros y de sus ciudadanos: los conflictos armados y los Estados frágiles en el continente europeo y en su vecindad que provocan un desplazamiento masivo de poblaciones y violaciones de los derechos humanos facilitados por las redes transnacionales de delincuencia organizada, el terrorismo yihadista, los ataques cibernéticos, las amenazas híbridas y guerra contra los países europeos, el debilitamiento de los esfuerzos en materia de desarme y de los regímenes internacionales de control de armamento, el aumento de las amenazas a los recursos naturales, la inseguridad energética y el cambio climático;

  2. Considera que la inestabilidad y la imprevisibilidad en las fronteras de la Unión tanto en su vecindad inmediata (norte de África, Oriente Próximo, Cáucaso, Balcanes, el Mediterráneo oriental, las agresiones rusas contra Ucrania y Georgia, etc.) como en su vecindad más amplia (Sahel, Cuerno de África, etc.) representan una amenaza tanto directa como indirecta para la seguridad del continente; pone de relieve el vínculo indisociable existente entre la seguridad interior y la exterior; reconoce que la implicación activa en la vecindad redunda en interés de la Unión;

  3. Constata que algunos actores mundiales (Estados Unidos, China y Rusia), pero también un número cada vez mayor de actores regionales (Turquía, Irán, Arabia Saudí, etc.), han adoptado enfoques de afirmación de su poder que combinan unas posiciones diplomáticas unilaterales, cambios de alianzas, actividades de desestabilización principalmente de carácter híbrido y unas capacidades militares cada vez mayores;

  4. Subraya la creciente importancia geopolítica del Ártico y su impacto sobre la situación de seguridad en la Unión y a escala mundial; insta a la Unión a trabajar en pos de una política interior y exterior de la Unión más coherente, una estrategia para el Ártico y un plan de acción concreto sobre la participación de la Unión en el Ártico teniendo en cuenta también los aspectos geostratégicos y de seguridad; toma nota de la capacidad de la Unión para contribuir a la resolución de los posibles retos geostratégicos y en materia de seguridad;

  5. Expresa su profunda inquietud ante el comportamiento desestabilizador general de Turquía, incluidas sus actividades ilegales dentro de la plataforma continental y la zona económica exclusiva (ZEE) de Chipre, que vulnera el Derecho internacional y las relaciones de buena vecindad y pone en peligro la paz y la estabilidad en una región ya de por sí frágil;

  6. Lamenta que, en este contexto, algunos de estos actores eludan deliberadamente o incluso intenten destruir los mecanismos multilaterales, los principios de la Carta de las Naciones Unidas y las disposiciones del Derecho internacional pertinente, indispensables para el mantenimiento de la paz; señala que podrían convertirse en una amenaza directa para la seguridad de la Unión y poner en peligro las relaciones bilaterales establecidas entre la Unión y los países socios;

  7. Destaca la importancia que revisten las negociaciones multilaterales entre la Unión y las partes implicadas con el fin de hacer frente a la amenaza de la proliferación nuclear; insta a que se respeten los tratados nucleares; insta, además, a que se respalde la...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT