Resolución del Parlamento Europeo, de 23 de junio de 2016, sobre el seguimiento del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (ET 2020) (2015/2281(INI))

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

9.3.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 91/6

El Parlamento Europeo,

— Visto el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea (TUE),

— Vistos los artículos 165 y 166 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

— Vista la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y, en particular, su artículo 14,

— Vistas las Conclusiones del Consejo, de 12 de mayo de 2009, sobre un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (ET 2020) (1),

— Visto el Informe conjunto de 2012 del Consejo y de la Comisión sobre la aplicación del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (ET 2020) — «Educación y formación en una Europa inteligente, sostenible e inclusiva» (2),

— Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, de 26 de agosto de 2015, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulado «Proyecto de informe conjunto de 2015 del Consejo y de la Comisión sobre la aplicación del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (“ET 2020”) Nuevas prioridades para la cooperación europea en educación y formación» (COM(2015)0408),

— Visto el Informe conjunto de 2015 del Consejo y de la Comisión sobre la aplicación del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación («ET 2020»)) — «Nuevas prioridades para la cooperación europea en educación y formación» (3),

— Vistas las Conclusiones del Consejo, de los días 28 y 29 de noviembre de 2011, relativas a un valor de referencia aplicable a la movilidad en la formación (4),

— Vistas las Conclusiones del Consejo, de 19 de noviembre de 2010, sobre la educación para el desarrollo sostenible (5),

— Vistas las Conclusiones del Consejo, de 17 de febrero de 2014, sobre invertir en educación y formación — una respuesta a «Un nuevo concepto de educación: invertir en las aptitudes para lograr mejores resultados socioeconómicos» y el Estudio Prospectivo Anual 2013 (6),

— Vistas las Conclusiones del Consejo, de 20 de mayo de 2014, sobre formación eficaz de los docentes (7),

— Vistas las Conclusiones del Consejo, de 20 de mayo de 2014, sobre una garantía de calidad como forma de ayuda a la educación y la formación (8),

— Vistas las Conclusiones del Consejo sobre el emprendimiento en la educación y la formación (9),

— Vistas las Conclusiones del Consejo sobre el papel de la educación infantil y primaria en el fomento de la creatividad, la innovación y la competencia digital (10),

— Vistas las Conclusiones del Consejo sobre la reducción del abandono escolar prematuro y el fomento del rendimiento educativo (11),

— Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Un nuevo concepto de educación: invertir en las competencias para lograr mejores resultados socioeconómicos» (COM(2012)0669),

— Vista la Recomendación del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, sobre la validación del aprendizaje no formal e informal (12),

— Vista la Recomendación 2006/962/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente (13),

— Vista la Declaración de la reunión informal de los ministros de Educación de la Unión Europea, celebrada el 17 de marzo de 2015, sobre la promoción de la ciudadanía y de los valores comunes de libertad, tolerancia y no discriminación mediante la educación («Declaración de París») (14),

— Vistas las «Conclusiones de Riga», aprobadas el 22 de junio de 2015 por los ministros de Educación y Formación Profesionales (15),

— Visto el Libro Verde de la Comisión, de 3 de julio de 2008, titulado «Inmigración y movilidad: retos y oportunidades de los sistemas educativos de la UE» (COM(2008)0423),

— Visto el informe elaborado en febrero de 2010 para la Comisión por el Grupo de expertos sobre las nuevas cualificaciones para nuevos empleos titulado «Nuevas Capacidades para Nuevos Empleos: Actuar ahora» (16),

— Vista la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativa a la movilidad transnacional en la Comunidad a efectos de educación y formación: Carta de calidad de la movilidad europea (17),

— Visto el informe del Sexto Foro Universidad-Empresa de marzo de 2015 (18),

— Vistas las previsiones de 2012 del CEDEFOP sobre las cualificaciones («Oferta y demanda futuras de cualificaciones en la UE») (19),

— Vistas sus Resoluciones, de 8 de septiembre de 2015, sobre el fomento del emprendimiento juvenil a través de la educación y la formación (20), y de 28 de abril de 2015, sobre el seguimiento de la aplicación del Proceso de Bolonia (21),

— Vista su Resolución, de 26 de noviembre de 2015, sobre la educación para los niños en situaciones de emergencia y crisis prolongadas (22),

— Vista su Resolución, de 12 de abril de 2016, sobre Erasmus+ y otros instrumentos para fomentar la movilidad en la EFP — un enfoque basado en el aprendizaje permanente (23),

— Visto el artículo 52 de su Reglamento,

— Visto el informe de la Comisión de Cultura y Educación (A8-0176/2016),

  1. Considerando que en lo sucesivo debe entenderse que todas las referencias a «educación y formación» incluyen las modalidades de aprendizaje formal, no formal e informal, habida cuenta de su carácter complementario en un proceso de transición hacia una sociedad del aprendizaje y de su función orientada a grupos destinatarios específicos, facilitando así la inclusión de los ciudadanos con menores oportunidades educativas;

  2. Considerando que la educación y la formación no deben dirigirse únicamente a satisfacer las necesidades del mercado laboral, sino que deben constituir un valor en sí mismas, ya que la educación desempeña un papel igualmente importante en el desarrollo de virtudes cívicas y éticas y valores humanistas entendidos en su sentido más amplio, tal como han sido consagrados por los Tratados, así como en la consolidación de los principios democráticos que constituyen los cimientos de Europa;

  3. Considerando que la educación debe fomentar el desarrollo personal, el respeto mutuo y la formación de los jóvenes para convertirlos en ciudadanos proactivos, responsables y concienciados, dotados de competencias cívicas, sociales e interculturales con un carácter transversal y profesionalmente cualificados;

  4. Considerando que la educación debe considerarse un derecho humano fundamental y un bien público al que deben poder acceder todas las personas;

  5. Considerando que la educación y la formación están llamadas a desempeñar un importante papel en la lucha contra la pobreza y la exclusión social y que la ampliación del acceso al aprendizaje permanente puede ofrecer nuevas perspectivas a las personas poco cualificadas, los desempleados, las personas con necesidades especiales, las personas de más edad y los migrantes;

  6. Considerando que una educación y una formación inclusivas y de calidad son esenciales para el desarrollo social, cultural y económico de Europa;

  7. Considerando que la educación y la formación en Europa deben contribuir a las estrategias e iniciativas de la Unión, y en particular la estrategia Europa 2020, la iniciativa del mercado único digital, la Agenda Europea de Seguridad y el Plan de Inversiones para Europa;

  8. Considerando que no todos los Estados miembros deben afrontar retos del mismo tipo y magnitud, lo cual implica que todas las recomendaciones propuestas en materia de educación y formación deben ser flexibles y tener en cuenta, entre otros, los factores nacionales y regionales de carácter económico, social, demográfico y cultural, orientándose al mismo tiempo a mejorar la situación en el conjunto de la Unión;

    I. Considerando que la cooperación en el ET 2020 debe complementar las acciones nacionales y apoyar a los Estados miembros en sus esfuerzos por desarrollar sistemas de educación y formación, respetando las competencias nacionales;

  9. Considerando que el desarrollo económico y la cohesión social deben situarse en pie de igualdad mediante una combinación de medidas dirigidas a conseguir una distribución más equitativa del conocimiento en el conjunto de la población, con el fin de impedir que se amplíen las brechas en los ingresos, que se manifiestan como un efecto secundario de un crecimiento tecnológico condicionado por el sesgo en las competencias;

  10. Considerando que la inversión efectiva en la educación y la formación de calidad constituye una fuente de crecimiento sostenible;

    L. Considerando que los actuales bajos niveles de conocimientos y aptitudes básicas resultan preocupantes y exigen que la educación primaria y secundaria ofrezcan la base necesaria para continuar aprendiendo e integrarse en el mercado laboral;

  11. Considerando que los bajos niveles de aptitudes básicas de los adultos hacen necesario reforzar el aprendizaje dirigido a este sector de la población, que constituye un instrumento para aumentar las competencias y reciclarse en el ámbito profesional;

  12. Considerando que, en el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento para 2014, la Comisión considera que, en términos de gasto, los Estados miembros deben encontrar la forma de mantener o promover las inversiones a largo plazo en educación, investigación, energía y acción en favor del clima, y que es fundamental invertir en la modernización de los sistemas de educación y formación, incluida la formación permanente;

  13. Considerando que los presupuestos públicos continúan sometidos a una gran presión; que son varios los Estados miembros que han recortado el gasto en educación y formación, y que es necesario aumentar la eficiencia de las futuras inversiones en este ámbito, en la medida en que constituyen un factor decisivo para la productividad, la competitividad y el crecimiento;

  14. Considerando que, si bien se han registrado mejoras en los resultados asociados a la...

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