Resolución del Parlamento Europeo, de 8 de julio de 2021, sobre la situación en Nicaragua (2021/2777(RSP))

SectionSerie C
Issuing OrganizationParlamento Europeo

1.3.2022 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 99/204

— Vistas sus anteriores resoluciones sobre Nicaragua, en particular las de 19 de diciembre de 2019, sobre la situación de los derechos humanos y la democracia en Nicaragua (1), y de 8 de octubre de 2020, sobre la Ley de regulación de agentes extranjeros de Nicaragua (2),

— Visto el Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por un lado, y Centroamérica, por otro (3),

— Vistos el Reglamento (UE) 2020/1998 del Consejo (4) y la Decisión (PESC) 2020/1999 del Consejo, de 7 de diciembre de 2020, relativa a medidas restrictivas contra violaciones y abusos graves de los derechos humanos (5), la Decisión (PESC) 2020/607 del Consejo, de 4 de mayo de 2020, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2019/1720 relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Nicaragua (6), el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/606 del Consejo, de 4 de mayo de 2020, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2019/1716 relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Nicaragua (7), y la Decisión por la que se renuevan dichas sanciones hasta el 15 de octubre de 2021,

— Vistas la declaración del alto representante en nombre de la Unión Europea, de 10 de junio de 2021, sobre el deterioro de la situación política en Nicaragua, la declaración de su portavoz, de 6 de mayo de 2021, sobre la nueva ley electoral, y la declaración conjunta sobre Nicaragua presentada el 22 de junio de 2021 por 59 países en el 47.o período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,

— Vista la declaración del presidente de la Comisión de Asuntos Exteriores y la presidenta de la Delegación para las Relaciones con los Países de la América Central, de 15 de junio de 2021, sobre las continuas detenciones de líderes de la oposición en Nicaragua,

— Vistas la declaración del portavoz de la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, de 28 de mayo de 2021, sobre Nicaragua, y la actualización oral sobre la situación de los derechos humanos en Nicaragua a cargo de la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, presentada el 22 de junio de 2021 en el 47.o período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,

— Vistas la declaración, de 6 de mayo de 2021, de la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) sobre la elección de los magistrados del Consejo Supremo Electoral y la reforma electoral en Nicaragua, y la Resolución de la OEA, de 15 de junio de 2021, sobre la situación en Nicaragua,

— Vistas las declaraciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, los boletines publicados por el Mecanismo Especial de Seguimiento para Nicaragua y las observaciones de la comisionada Antonia Urrejola, presidenta de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en la sesión extraordinaria del Consejo Permanente de la OEA de 23 de junio de 2021 sobre la situación en Nicaragua,

— Visto el capítulo correspondiente a Nicaragua del Informe anual de la Unión Europea sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo en 2020, adoptado por el Consejo el 21 de junio de 2021,

— Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966,

— Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948,

— Vista la Constitución de Nicaragua,

— Visto el artículo 132, apartados 2 y 4, de su Reglamento interno,

  1. Considerando que la situación de los derechos humanos y de la democracia en Nicaragua se ha agravado aún más tras la violenta represión de las protestas civiles de abril de 2018; que, desde entonces, se ha privado de libertad al menos a 130 personas por motivos políticos, y que los miembros de la oposición y sus familias viven con la amenaza constante de acoso, tanto física como en internet, por parte de la policía y los partidarios del Gobierno; que, desde las protestas de 2018, la detención arbitraria se ha utilizado en medida creciente como instrumento para castigar a activistas y disidentes; que los activistas corren un riesgo especial de sufrir violencia, incluida violencia sexual y de género; que los detenidos sufren malos tratos, se les deniega la asistencia médica y el acceso a sus abogados, y son víctimas de ataques y agresiones sexuales, y que las personas que protestan contra el Gobierno están encerradas en celdas de máxima seguridad, en las que están sometidas a una mayor vigilancia, perquisiciones y aislamiento; que la situación de las mujeres y los adultos de mayor edad privados de libertad es especialmente preocupante;

  2. Considerando...

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