I-Roma: Explotación de servicios aéreos regulares Concurso convocado por Italia con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4, apartado 1, letra d), del Reglamento (CEE) nº 2408/92 del Consejo para la explotación de servicios aéreos regulares en la ruta Alghero Turín y viceversa.

SectionReglamento
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

I-Roma: Explotación de servicios aéreos regulares Concurso convocado por Italia con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4, apartado 1, letra d), del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo para la explotación de servicios aéreos regulares en la ruta Alghero -- Turín y viceversa.

(2006/C 95/09) 1. Introducción: En virtud de lo dispuesto en el artículo 4, apartado 1, letra a), del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo, de 23 de julio de 1992, relativo al acceso de las compañías aéreas de la Comunidad a las rutas aéreas intracomunitarias, el Gobierno italiano, conforme a las decisiones adoptadas en la Conferencia de servicios, ha decidido imponer obligaciones de servicio público a los servicios aéreos regulares de la siguiente ruta:

Alghero -- Turín y viceversa Las normas correspondientes a dichas obligaciones de servicio público se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea C 93 de 21.4.2006.

Si, al cabo de treinta días desde la publicación de las obligaciones arriba citadas, ninguna compañía aérea ha aceptado prestar los servicios aéreos regulares en la ruta indicada de conformidad con las obligaciones de servicio público impuestas y sin solicitar compensación económica alguna, Italia podrá, con arreglo al procedimiento del artículo 4, apartado 1, letra d), del Reglamento mencionado, limitar el acceso a esa ruta a una única compañía mediante concurso para la prestación de dichos servicios con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo.

El derecho de explotar el servicio en la ruta indicada se adjudicará a través de concurso público a la oferta económicamente más ventajosa teniendo en cuenta la cuantía de la compensación establecida en el pliego de condiciones a que se refiere el punto 5 del presente concurso.

  1. Objeto del concurso: Ofrecer servicios aéreos regulares en la ruta mencionada, de conformidad con las obligaciones de servicio público impuestas y publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea C 93 de 21.4.2006, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CEE) no 2408/92.

  2. Participación en el concurso: Podrán participar todas las compañías aéreas titulares de una licencia de explotación válida, expedida por un Estado miembro en virtud del Reglamento (CEE) no 2407/92 del Consejo, de 23 de julio de 1992, que cumplan los requisitos técnicos previstos en las obligaciones de servicio público publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea C 93 de 21.4.2006.

  3. Procedimiento: El presente...

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