Sentencia del Tribunal, de 31 de marzo de 2015, en el asunto E-21/14 — Órgano de Vigilancia de la AELC contra Islandia (Incumplimiento por un Estado AELC/EEE de sus obligaciones — No incorporación — Directiva 2010/30/UE sobre información relativa al consumo de energía de los productos)

Sectioninformación judicial
Issuing OrganizationComisión Europea

22.10.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 350/7

En el asunto E-21/14, Órgano de Vigilancia de la AELC contra Islandia — SOLICITUD de declaración de que, al no haber adoptado o notificado al Órgano de Vigilancia de la AELC, en el plazo previsto a tal efecto, las disposiciones necesarias para incorporar el acto al que se hace referencia en el anexo II, capítulo IV, punto 4 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la indicación del consumo de energía y otros recursos por parte de los productos relacionados con la energía, mediante el etiquetado y una información normalizada), adaptado al Acuerdo mediante su Protocolo 1, dentro del tiempo previsto al efecto, Islandia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 7 de dicho acto y del artículo 7 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, el Tribunal, integrado por Carl Baudenbacher (presidente), Per Christiansen (juez ponente) y Páll Hreinsson (juez), dictó una...

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