Sentencia del Tribunal, de 7 de junio de 2017, en el asunto E-17/16 — Órgano de Vigilancia de la AELC/Islandia (Incumplimiento por un Estado de la AELC — No aplicación — Directiva 2009/127/CE por la que se modifica la Directiva 2006/42/CE en lo que respecta a las máquinas para la aplicación de plaguicidas)

SectionDiario Oficial

28.9.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 321/11

En el asunto E-17/16, Órgano de Vigilancia de la AELC/Islandia relativo a la SOLICITUD de declaración de que Islandia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del acto mencionado en el punto 1c del capítulo XXIV del anexo II del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Directiva 2009/127/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por la que se modifica la Directiva 2006/42/CE en lo que respecta a las máquinas para la aplicación de plaguicidas), adaptado al Acuerdo mediante su Protocolo 1 y en virtud del artículo 7 del Acuerdo, al no haber adoptado las disposiciones necesarias para aplicar el acto en el plazo fijado al efecto o, en cualquier caso, al no haber informado de ello al Órgano de Vigilancia de la AELC, el Tribunal de la AELC, integrado por Carl Baudenbacher, presidente, Per Christiansen (juez ponente) y Benedikt Bogason (ad hoc), jueces, ha dictado sentencia el 7 de junio de 2017, cuyo fallo es el siguiente:

El Tribunal:

  1. Declara que Islandia ha incumplido las obligaciones...

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