Sentencia del Tribunal de Justicia, de 14 de junio de 2018, en el asunto E-16/17 — Órgano de Vigilancia de la AELC contra Islandia [Incumplimiento por un Estado de la AELC de sus obligaciones — No incorporación al ordenamiento jurídico nacional — Reglamento (UE) n.o 231/2013]

Sectioninformación judicial
Issuing OrganizationTribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

15.11.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 414/11

En el asunto E-16/17, Órgano de Vigilancia de la AELC contra Islandia — SOLICITUD de declaración de que Islandia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 7 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo al no haber incorporado el Acto a que se refiere el punto 31 ter ter bis del anexo IX de dicho Acuerdo [el Reglamento Delegado de la Comisión (UE) n.o 231/2013, de 19 de diciembre de 2012, por el que se complementa la Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las exenciones, las condiciones generales de ejercicio de la actividad, los depositarios, el apalancamiento, la transparencia y la supervisión], tal como fue adaptada por el Protocolo 1 del Acuerdo, en el marco de su ordenamiento jurídico interno, el Tribunal, compuesto de Páll Hreinsson, Presidente, Per Christiansen y Bernd Hammermann (Juez Ponente), Jueces, dictó sentencia el 14 de junio de 2018, cuyo fallo es el siguiente:

El Tribunal:

  1. Declara que Islandia ha incumplido las obligaciones que le incumben en...

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