Asunto C-443/11: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 11 de abril de 2013 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Amsterdam — Países Bajos) — F.P. Jeltes, M.A. Peeters, J.G.J. Arnold/Raad van bestuur van het Uitvoeringsinstituut werknemersverzekeringen [Seguridad social de los trabajadores migrantes — Artículo 45 TFUE — Reglamento (CEE) no 1408/71 — Artículo 71 — Trabajador fronterizo atípico en situación de paro total que ha conservado vínculos personales y profesionales en el Estado miembro del último empleo — Reglamento (CE) no 883/2004 — Artículo 65 — Derecho a prestación en el Estado miembro de residencia — Denegación de pago por parte del Estado miembro del último empleo — Procedencia — Pertinencia de la sentencia del Tribunal de Justicia de 12 de junio de 1986, Miethe (1/85) — Disposiciones transitorias — Artículo 87, apartado 8 — Concepto de «situación que se mantiene»]

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 1.6.2013

Petición de decisión prejudicial - Nejvyssí správní soud - Interpretación del artículo 11 del Reglamento (CE) n o 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) y por el que se modifican y derogan determinados Reglamentos (DO L 160, p. 80), así como de los principios generales de igualdad de trato y de no discriminación - Ayuda al cese anticipado en la actividad agraria, que podrá concederse al cesionista que haya cumplido ya 55 años y no haya alcanzado la edad normal de jubilación en el momento del cese - Concepto de «edad normal de jubilación» - Normativa nacional que fija una edad de jubilación variable en función del sexo y, en el caso de las mujeres, del número de hijos.

No es conforme con el Derecho de la Unión ni con sus principios generales de igualdad de trato y de no discriminación determinar la «edad de jubilación normal», en el sentido del artículo 11, apartado 1, segundo guión, del Reglamento (CE) n o 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) y por el que se modifican y derogan determinados Reglamentos, de manera diferente según el sexo de la persona que solicita la ayuda al cese anticipado de la actividad agraria y, en el caso de solicitantes de sexo femenino, según el número de hijos criados por la interesada, con arreglo a las disposiciones del régimen nacional de jubilación del Estado miembro de que se trata referentes a la edad requerida para tener derecho a una pensión de vejez.

) DO C 311, de 22.10.2011.

Objeto

Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) de 17 de mayo de 2011 - Buczek Automotive/Comisión (T-1/08), mediante la cual el Tribunal General anuló parcialmente la Decisión 2008/344/CE de la Comisión, de 23 de octubre de 2007, relativa a la ayuda estatal C 23/06 (ex NN 35/06) concedida por Polonia a favor del productor siderúrgico Grupo Technologie Buczek (DO 2008, L 116, p. 26) - Calificación como ayuda estatal de la falta de solicitud de la declaración de quiebra de la empresa deudora - Error de Derecho en la apreciación de la aplicación por la Comisión del test del hipotético acreedor privado y en el reparto de la carga de la prueba.

Fallo

1) Desestimar el recurso.

2) Condenar en costas a la Comisión Europea.

3) La República de Polonia cargará con sus propias costas.

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