Asunto C-14/12 P: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 30 de mayo de 2013 — Sheilesh Shah, Akhil Shah/Three-N-Products Private Ltd, Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) [Recurso de casación — Marca comunitaria — Reglamento (CE) no 40/94 — Artículo 8, apartado 1, letra b) — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Similitud de los signos — Solicitud de marca comunitaria denominativa AYUURI NATURAL — Oposición del titular de las marcas comunitarias denominativa y figurativa anteriores AYUR — Recurso de casación manifiestamente inadmisible y manifiestamente infundado]
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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 225/43
Desestimar el recurso de casación.
Condenar en costas a Dow AgroSciences Ltd, Dow AgroSciences LLC, Dow AgroSciences SAS, Dow AgroSciences Export SAS, Dow Agrosciences BV, Dow AgroSciences Hungary kft, Dow AgroSciences Italia Srl, Dow AgroSciences Polska sp. z o.o., Dow AgroSciences Iberica SA, Dow AgroSciences s.r.o., Dow AgroSciences Danmark A/S y Dow AgroSciences GmbH.
) DO C 25, de 28.1.2012.
Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 30 de mayo de 2013 - Sheilesh Shah, Akhil Shah/Three-N-Products
Ltd, Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
(Asunto C-14/12 P) ( 1 )
[Recurso de casación - Marca comunitaria - Reglamento
40/94 - Artículo 8, apartado 1, letra b) - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Similitud de los signos - Solicitud de marca comunitaria denominativa AYUURI NATURAL - Oposición del titular de las marcas comunitarias denominativa y figurativa anteriores AYUR
Recurso de casación manifiestamente inadmisible y manifiestamente infundado]
(2013/C 225/73)
Lengua de procedimiento: inglés
Sheilesh Shah, Akhil Shah (representante: M. ChapOtras partes en el procedimiento: Three-N-Products Private Ltd (representante: C. Jäger, Rechtsanwältin), Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representantes: D. Botis y D. Walicka, agentes)
Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 10 de noviembre de 2011, THREE-NPRODUCTS PRIVATE/OAMI - SHAH (AYUURI NATURAL) (T-313/10), mediante la cual el Tribunal General anuló la resolución R 1005/2009-4 de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), de 1 de junio de 2010, que anuló la resolución de la División de Oposición que denegaba el registro de la marca denominativa «AYUURI NATURAL», para productos de las clases 3 y 5, en el marco de la oposición formulada por el titular de las marcas comunitarias figurativa y denominativa que incluyen el elemento denominativo «AYUR», para productos de las clases 3 y 5 - Interpretación y aplicación del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n o 207/2009 - Riesgo de confusión - Similitud de los signos.
Desestimar el recurso de casación.
2) Condenar en costas a los Sres. Sheilesh Shah y Akhil Shah.
3) La Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) cargará con sus propias costas.
( 1 ) DO C 73, de...
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