Solicitud de dictamen consultivo al Tribunal de la AELC por el Fürstlicher Oberster Gerichtshof, de 8 de mayo de 2020, en el asunto SMA, S.A. y Société Mutuelle d’Assurance du Batiment et des Travaux publics/Finanzmarktaufsicht (Asunto E-5/20)

SectionSerie C

24.9.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 316/7

  1. ¿Deben la Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, sobre el seguro de vida, el acceso a la actividad de seguro y de reaseguro y su ejercicio (Solvencia II): Anexo - 1.01), en particular sus artículos 27 y 28, la Directiva 92/49/CEE del Consejo, de 18 de junio de 1992, sobre coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas relativas al seguro directo distinto del seguro de vida y por la que se modifican las Directivas 73/239/CEE y 88/357/CEE (Tercera Directiva de seguros distintos del seguro de vida), la Segunda Directiva del Consejo, de 22 de junio de 1988, sobre coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas relativas al seguro directo, distinto del seguro de vida, por la que se establecen las disposiciones destinadas a facilitar el ejercicio efectivo de la libre prestación de servicios y por la que se modifica la Directiva 73/239/CEE (88/357/CEE), en particular el artículo 1, letra b); el artículo 7, apartado 1, letras a) a c); el artículo 10; el artículo 11, apartado 7, y el artículo 21, y la Primera Directiva del Consejo, de 24 de julio de 1973, sobre coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas relativas al acceso a la actividad del seguro directo distinto del seguro de vida, y a su ejercicio (73/239/CEE), en particular sus artículos 13 y 14, interpretarse en el sentido de que estos derechos de concesión a los acreedores de una empresa de seguros directa supervisada que no sean titulares de pólizas de seguro, asegurados o beneficiarios de la citada empresa de seguros u otras partes en un contrato de seguro celebrado con dicha empresa de seguros a quienes, como terceros perjudicados, no asista ningún derecho directo de acción frente a esta empresa de seguros que como consecuencia de una relación laboral de seguros les sea otorgado directamente, y cuyos créditos sean...

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