Decisión de la Comisión, de 14 de diciembre de 2010, relativa a una participación financiera de la Unión en 2010 para cubrir los gastos soportados por Alemania, España, Francia, Italia, Chipre y Portugal en la lucha contra organismos nocivos para los vegetales o los productos vegetales [notificada con el número C(2010) 8933]

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

15.12.2010 Diario Oficial de la Unión Europea L 330/9

ES

DECISIONES DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 14 de diciembre de 2010

relativa a una participación financiera de la Unión en 2010 para cubrir los gastos soportados por Alemania, España, Francia, Italia, Chipre y Portugal en la lucha contra organismos nocivos para los vegetales o los productos vegetales

[notificada con el número C(2010) 8933]

(Los textos en lenguas alemana, española, francesa, griega, italiana y portuguesa son los únicos auténticos)

(2010/772/UE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2000/29/CE del Consejo, de 8 de mayo de 2000, relativa a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad

( 1 ), y, en particular, su artículo 23, apartado 5,

Considerando lo siguiente:

(1) Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 22 de la Directiva 2000/29/CE, la Unión puede otorgar a los Estados miembros una participación financiera para cubrir los gastos de control fitosanitario directamente relacionados con las medidas necesarias que se hayan adoptado o previsto a fin de luchar contra los organismos nocivos procedentes de terceros países o de otras zonas de la Unión, al objeto de erradicarlos o, si esto no fuera posible, evitar su avance.

(2) Alemania ha presentado tres solicitudes de participación financiera. La primera se presentó el 22 de diciembre de 2009 y se refiere a las medidas de control de Anoplophora glabripennis en Baden-Wurtemberg, en relación con medidas aplicadas en 2008 y 2009 para el control de un brote del organismo nocivo detectado en la frontera entre Francia y Alemania y notificado por Francia en 2008. La segunda solicitud se presentó el 22 de diciembre de 2009 y se refiere a las medidas de control de Saperda candida en Schleswig-Holstein, en relación con medidas aplicadas en 2008 y 2009 para el control de un brote detectado en 2008. La tercera solicitud, presentada el 28 de abril de 2010, se refiere a las medidas de control de Diabrotica virgifera en Baden-Wurtemberg, en relación con medidas aplicadas en 2009 para el control de brotes del organismo nocivo detectados en 2007 y 2009; los brotes de 2007 ya fueron objeto de cofinanciación en 2008 y 2009.

(3) El 30 de abril de 2010, Francia presentó una solicitud de participación financiera relativa a las medidas de control de Rhynchophorus ferrugineus aplicadas en 2009, aplicadas o previstas en 2010, y previstas para 2011 a efectos del control de los brotes detectados en 2009 y 2010. La solicitud se revisó el 15 de octubre de 2010 sobre la base de los comentarios recibidos durante su evaluación por el Grupo de Trabajo ad hoc de la Comisión. Según la información técnica facilitada por Francia, no hay indicios de que la presencia de Rhynchophorus ferrugineus en las zonas propuestas para una cofinanciación se deba a la propagación a partir de otras zonas infestadas en la región de Provenza-Alpes-Costa Azul.

(4) El 30 de abril de 2010, Italia presentó dos solicitudes de participación financiera. La primera solicitud se refiere a las medidas de control de Anoplophora chinensis en el Lacio -concretamente en el término municipal de Roma- que se aplicaron en 2009 y 2010 para controlar un brote detectado en 2008. Las medidas aplicadas en 2008 y 2009 ya fueron objeto de cofinanciación en 2009. La segunda solicitud se refiere a las medidas de control de Anoplophora glabripennis en Lombardía -concretamente en el término municipal de Corbetta- que se aplicaron desde el 1 de mayo hasta el 31 de diciembre de 2009 y en 2010 para controlar un brote detectado en 2007. Las medidas aplicadas en 2007, 2008 y hasta abril de 2009 ya fueron objeto de cofinanciación en 2009.

(5) Además, el 30 de abril de 2010 Italia presentó otras dos solicitudes de participación financiera. La primera se refiere a las medidas de control de Anoplophora chinensis en Lombardía, en la provincia de Brescia -concretamente en el término municipal de Gussago- que se aplicaron del 1 de mayo al 31 de diciembre de 2009 para controlar un brote detectado en 2008. La segunda se refiere a las medidas de control de Anoplophora glabripennis en Véneto, en la provincia de Treviso -concretamente en el término municipal de Cornuda- que se aplicaron en 2009 y 2010 para controlar un brote detectado en 2009. Ambos conjuntos de medidas consisten en una variedad de acciones fitosanitarias, en el sentido del artículo 23, apartado 2, letras a) y b), de la Directiva 2000/29/CE. También consisten en prohibiciones o restricciones en el

( 1 ) DO L 169 de 10.7.2000, p. 1.

L 330/10 Diario Oficial de la Unión Europea...

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