Reglamento (CE) nº 1749/1999 de la Comisión de 23 de julio de 1999 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2214/96 relativo a los subíndices de los índices de precios al consumo armonizadosTexto pertinente a efectos del EEE (1)

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

13.8.1999 ES L 214/1Diario Oficial de las Comunidades Europeas I (Actos cuya publicacio¥n es una condicio¥n para su aplicabilidad) REGLAMENTO (CE) No 1749/99 DE LA COMISIO¥ N de 23 de julio de 1999 por el que se modifica el Reglamento (CE) No 2214/96 relativo a los subi¥ndices de los i¥ndices de precios al consumo armonizados (Texto pertinente a efectos del EEE) LA COMISIO¥ N DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, (4) Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del ComitÈ del programa estadi¥stico, establecido por la Decisio¥n 89/382/CEE, Euratom del Consejo(7),Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:Visto el Reglamento (CE) no 2494/95 del Consejo, de 23 de octubre de 1995, relativo a los i¥ndices armonizados de precios al consumo(1) Arti¥culo 1

Previa consulta al Banco Central Europeo(2) Los anexos I y II del Reglamento (CE) no 2214/96 se sustituira¥n(1) Considerando que en virtud de la letra b) del apartado del por los anexos I y II del presente Reglamento.arti¥culo 5 del Reglamento (CE) no 2494/95 cada Estado miembro tiene que elaborar un i¥ndice de precios al consumo armonizado (IPCA).

Arti¥culo 2 (2) Considerando que el Reglamento (CE) no 2214/96 de la Comisio¥n(3) establece los subi¥ndices de los IPCA basados en la clasificaci¥on del consumo individual por finalidades Los Estados miembros debera¥n modificar los procedimientosadaptada a las necesidades de los IPCA (COICOP/IPCA).

de recogida y transmisio¥n de datos de conformidad con los requisitos del presente Reglamento a ma¥s tardar en diciembre de 1999, con efectos para el i¥ndice de enero de 2000.(3) Considerando que la clasificacio¥n COICOP de octubre de 1998 y la clasificacio¥n COICOP/IPCA que establece el Reglamento (CE) no 1749/96 de la Comisio¥n(4), modificado por los Reglamentos (CE) no 1687/98(5), y (CE) no 1688/98(6) del Consejo, requiere la adaptacio¥n de los Arti¥culo 3 subi¥ndices del IPCA [denominadas 'subi¥ndices IPCA (rev.

dic. 1999)'].

El presente Reglamento entrara¥ en vigor el vigÈsimo di¥a siguiente al de su publicacio¥n en el Diario Oficial de las (1) DO L 257 de 27.10.1995, p. 1. Comunidades Europeas.

(2) Dictamente emitido el 9 de julio de 1999 (no publicado au¥n en el Diario Oficial).

(3) DO L 296 de 21.11.1996, p. 8.

(4) DO L 229 de 10.9.1996, p. 3.

(5) DO L 214 de 31.7.1998, p. 12.

(6) DO L 214 de 31.7.1998, p. 23. (7) DO L 181 de 28.6.1989, p. 47.

L 214/2 ES 13.8.1999Diario Oficial de las Comunidades Europeas El presente Reglamento sera¥ obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 23 de julio de 1999.

Por la Comisio¥n Yves-Thibault DE SILGUY Miembro de la Comisio¥n

13.8.1999 ES L 214/3Diario Oficial de las Comunidades Europeas ANEXO I SUBI¥NDICES IPCA (REV. DIC. 1999) 01-12 GASTO DE CONSUMO INDIVIDUAL DE LOS HOGARES 01 ALIMENTOS Y BEBIDAS NO ALCOHO¥ LICAS 01.1 Alimentos 01.1.1 Pan y cereales 01.1.2 Carne 01.1.3 Pescado 01.1.4 Leche, queso y huevos 01.1.5 Aceites y grasas 01.1.6 Frutas 01.1.7 Legumbres y hortalizas 01.1.8 Azu¥car, mermelada, miel, chocolate y confiteri¥a 01.1.9 Productos alimenticios n.c.o.p.

01.2 Bebidas no alcoho¥ licas 01.2.1 CafÈ, tÈ y cacao 01.2.2 Aguas minerales, refrescos y zumos de frutas y de legumbres y hortalizas 02 BEBIDAS ALCOHO¥ LICAS, TABACO 02.1 Bebidas alcoho¥ licas 02.1.1 Bebidas destiladas 02.1.2 Vino 02.1.3 Cerveza 02.2 Tabaco 02.2.0 Tabaco 03 ARTI¥CULOS DE VESTIR Y CALZADO 03.1 Arti¥culos de vestir 03.1.1 Materiales de arti¥culos de vestir 03.1.2 Prendas de vestir 03.1.3 Otros arti¥culos y accesorios de vestir 03.1.4 Limpieza, reparacio¥n y alquiler de arti¥culos de vestir 03.2 Calzado 03.2.1/2 Zapatos y otro calzado, incluso reparacio¥n y alquiler de calzado

L 214/4 ES 13.8.1999Diario Oficial de las Comunidades Europeas 04 VIVIENDA, AGUA, ELECTRICIDAD, GAS Y OTROS COMBUSTIBLES 04.1 Alquileres efectivos de viviendas 04.1.1/2 Alquileres efectivos pagados por los inquilinos, incluso otros alquileres efectivos 04.3 Conservacio¥n y reparacio¥n de la vivienda 04.3.1 Materiales para la conservacio¥n y reparacio¥n de la vivienda 04.3.2 Servicios para la conservacio¥n y reparacio¥n de la vivienda 04.4 Agua corriente y servicios diversos relacionados con la vivienda 04.4.1 Agua corriente 04.4.2 Recogida de basuras 04.4.3 Alcantarillado 04.4.4 Otros servicios relacionados con la vivienda n.c.o.p.

04.5 Electricidad, gas y otros combustibles 04.5.1 Electricidad 04.5.2 Gas 04.5.3 Combustibles li¥quidos 04.5.4 Combustibles so¥lidos 04.5.5 Energi¥a calo¥rica 05 MOBILIARIO, ENSERES DOME¥STICOS Y GASTOS CORRIENTES DE CONSERVACIO¥ N DE LA VIVIENDA 05.1 Muebles y accesorios, alfombras y otros recubrimientos para suelos 05.1.1 Muebles y accesorios 05.1.2 Alfombras y otros recubrimientos para suelos 05.1.3 Reparacio¥n de muebles, accesorios y recubrimientos para suelos 05.2 Arti¥culos textiles para el hogar 05.2.0 Arti¥culos textiles para el hogar 05.3 Aparatos domÈsticos 05.3.1/2 Aparatos domÈsticos grandes, elÈctricos o no, y electrodomÈsticos pequen~os 05.3.3 Reparacio¥n de aparatos domÈsticos 05.4 Arti¥culos de vidrio y cristal, vajilla y utensilios para el hogar 05.4.0 Arti¥culos de vidrio y cristal, vajilla y utensilios para el hogar 05.5 Herramientas y equipos para el hogar y el jardi¥n 05.5.1/2 Herramientas y equipos grandes y herramientas pequen~as y accesorios diversos

13.8.1999 ES L 214/5Diario Oficial de las Comunidades Europeas 05.6 Bienes y servicios de conservacio¥ n corriente del hogar 05.6.1 Bienes de uso domÈstico perecederos 05.6.2 Servicios domÈsticos y para el hogar 06 SANIDAD 06.1 Productos, aparatos y equipos mÈdicos 06.1.1 Productos farmacÈuticos 06.1.2/3 Otros productos mÈdicos, aparatos y equipos terapÈuticos 06.2 Servicios ambulatorios 06.2.1/3 Servicios mÈdicos y paramÈdicos 06.2.2 Servicios dentales 06.3 Servicios de hospital 06.3.0 Servicios de hospital 07 TRANSPORTE 07.1 Adquisicio¥n de vehi¥culos 07.1.1 Vehi¥culos de motor 07.1.2/3/4 Motocicletas, bicicletas y vehi¥culos de traccio¥n animal 07.2 Gastos de utilizacio¥n de vehi¥culos privados 07.2.1 Piezas de repuesto y accesorios para vehi¥culos privados 07.2.2 Combustibles y lubricantes para vehi¥culos privados 07.2.3 Conservacio¥n y reparacio¥n de los vehi¥culos privados 07.2.4 Otros servicios relacionados con los vehi¥culos privados 07.3 Servicios de transporte 07.3.1 Transporte de pasajeros por ferrocarril 07.3.2 Transporte de pasajeros por carretera 07.3.3 Transporte de pasajeros por aire 07.3.4 Transporte de pasajeros por mar y por vi¥as navegables interiores 07.3.5 Transporte combinado de pasajeros 07.3.6 Otros servicios de transportes adquiridos 08 COMUNICACIONES 08.1 Servicios postales 08.1.0 Servicios postales

L 214/6 ES 13.8.1999Diario Oficial de las Comunidades Europeas 08.x Equipos y servicios de telefoni¥a y de fax 08.2/3.0 Equipos y servicios de telefoni¥a y de fax 09 OCIO Y CULTURA 09.1 Equipos audiovisuales, fotogra¥ficos y de proceso de datos 09.1.1 Equipos de recepcio¥n, grabacio¥n y reproduccio¥n de sonidos e ima¥genes 09.1.2 Equipos fotogra¥ficos y cinematogra¥ficos e instrumentos o¥pticos 09.1.3 Equipos de proceso de datos 09.1.4 Sistemas de grabacio¥n 09.1.5 Reparacio¥n de equipos audiovisuales, fotogra¥ficos y de proceso de datos 09.2 Otros productos duraderos grandes para ocio y cultura 09.2.1/2 Productos duraderos grandes para ocio en exteriores e interiores, incluso instrumentos musicales 09.2.3 Conservacio¥n y reparacio¥n de otros productos duraderos grandes para ocio y cultura 09.3 Otros arti¥culos y equipos para ocio, jardines y animales domÈsticos 09.3.1 Juegos, juguetes y pasatiempos 09.3.2 Equipos de deportes, de acampada y de ocio al aire libre 09.3.3 Jardines, plantas y flores 09.3.4/5 Animales domÈsticos y productos relacionados, incluso los servicios de veterinaria y de otro tipo para animales domÈsticos 09.4 Servicios recreativos y culturales 09.4.1 Servicios recreativos y deportivos 09.4.2 Servicios culturales 09.5 Perio¥dicos, libros y arti¥culos de papeleri¥a 09.5.1 Libros 09.5.2 Diarios y perio¥dicos 09.5.3/4 Material impreso diverso y arti¥culos de papeleri¥a y material de dibujo 09.6 Paquetes turi¥sticos 09.6.0 Paquetes turi¥sticos 10 EDUCACIO¥ N 10.x Ensen~ anza preescolar y primaria, secundaria, postsecundaria no terciaria, terciaria y ensen~anza no atribuible a ningu¥ n nivel 10.x.0 Ensen~anza preescolar y primaria, secundaria, postsecundaria no terciaria, terciaria y ensen~anza no atribuible a ningu¥n nivel

13.8.1999 ES L 214/7Diario Oficial de las Comunidades Europeas 11 RESTAURANTES Y HOTELES 11.1 Restauracio¥n colectiva 11.1.1 Restaurantes, cafÈs y establecimientos similares 11.1.2 Comedores 11.2 Servicios de alojamiento 11.2.0 Servicios de alojamiento 12 BIENES Y SERVICIOS DIVERSOS 12.1 Cuidados personales 12.1.1 Salones de peluqueri¥a y establecimientos de cuidados personales 12.1.2/3 Aparatos elÈctricos de cuidados personales y otros aparatos, arti¥culos y productos de cuidados personales 12.3 Efectos personales n.c.o.p.

12.3.1 Joyeri¥a, relojes de pared y relojes de pulsera 12.3.2 Otros efectos personales 12.4 Proteccio¥ n social 12.4.0 Proteccio¥n social 12.5 Seguros 12.5.2 Seguros relacionados con la vivienda 12.5.3 Seguros relacionados con la salud 12.5.4 Seguros relacionados con el transporte 12.5.5 Otros seguros 12.6 Servicios financieros n.c.o.p.

12.6.2 Otros servicios financieros n.c.o.p.

12.7 Otros servicios n.c.o.p.

12.7.0 Otros servicios n.c.o.p.

L 214/8 ES 13.8.1999Diario Oficial de las Comunidades Europeas ANEXO II ILUSTRACIO¥ N DEL LOS SUBI¥NDICES IPCA (REV. DIC. 1999: DESGLOSE POR DIVISIO¥ N (NIVEL DE DOS DI¥GITOS), GRUPO (NIVEL DE TRES DI¥GITOS) Y CLASE(1) (NIVEL DE CUATRO DI¥GITOS)(2) 01-12 GASTO DE CONSUMO INDIVIDUAL DE LOS HOGARES 01 ALIMENTOS Y BEBIDAS NO ALCOHO¥ LICAS 01.1 Alimentos En esta categori¥a se clasifican los productos alimenticios comprados para su consumo en el hogar. Se excluyen del...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT