Asunto T-279/10: Recurso interpuesto el 21 de junio de 2010 — K-Mail Order GmbH & Co. KG/OAMI — IVKO (MEN’Z)

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 234/45

La demandante invoca dos motivos en apoyo

En su primer motivo, la demandante sostiene que la resolución impugnada infringe el artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) n o 207/2009 del Consejo, ya que la Sala de Recurso erró al considerar que esos artículos son aplicables a la marca comunitaria controvertida. En particular, la Primera Sala de Recurso: (i) erró al revocar la anterior resolución de la Segunda Sala de Recurso, de 21 de abril de 2004, que versa sobre lo mismo y está basada en los mismos motivos; y (ii) erró al considerar que la marca comunitaria controvertida es descriptiva de los productos y servicios de que se trata y que carece de carácter distintivo.

En su segundo motivo, la demandante considera que la resolución impugnada infringe el Reglamento (CE) n o 207/2009 del Consejo, pues la Sala de Recurso erró al anular la marca comunitaria controvertida para todos los productos y servicios de las clases 9, 16, 35, 36 y 38 basándose exclusivamente en presupuestos discutibles y no confirmados.

Recurso interpuesto el 22 de junio de 2010 - El Coto De Rioja/OHMI - Álvarez Serrano (COTO DE GOMARIZ)

(Asunto T-276/10)

(2010/C 234/80)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: español

El Coto De Rioja, S.A. [Oyón (Alava), España] (representantes: J. Grimau Muñoz, J. Villamor Muguerza, aboga

Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, diseños y modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: María Álvarez Serrano [Gomariz Leiro, (Orense) España]

Pretensiones de la parte demandante

Que se revoque la resolución dictada por la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Intefecha 28 de abril de 2010, en el asunto R 1020/2008-4 y, en consecuencia, se declare la nulidad

de la marca comunitaria n o 2 631 828, clase 33, que contiene el elemento verbal «COTO DE GOMARIZ», y

- que se haga expresa condena en costas a la parte recurrida.

Motivos y principales alegaciones

Marca comunitaria registrada, respecto a la que se presentó una solicitud de nulidad: Marca figurativa que contiene el elemento verbal «COTO DE GOMARIZ» (solicitud de registro n o 2 631 828), para productos de la clase 33 «vinos».

Titular de la marca comunitaria: D a María Alvarez Serrano

Parte que solicita la nulidad de la marca comunitaria: EL COTO DE RIOJA S.A.

Marca o signo de la solicitante de la nulidad: Marca comunitaria verbal «COTO DE IMAZ» (n o 339 333), para...

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