Reglamento (CE) nº 199/2008 de la Comisión, de 13 de marzo de 2009, por el que se establece una excepción transitoria al Reglamento (CE) nº 2160/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al suministro directo de pequeñas cantidades de carne fresca procedente de manadas de pollos de engorde y pavos

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

14.3.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 70/9

REGLAMENTO (CE) Nº 199/2008 DE LA COMISIÓN

de 13 de marzo de 2009

por el que se establece una excepción transitoria al Reglamento (CE) nº 2160/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al suministro directo de pequeñas cantidades de carne fresca procedente de manadas de pollos de engorde y pavos

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) nº 2160/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de noviembre de 2003, sobre el control de la salmonela y otros agentes zoonóticos específicos transmitidos por los alimentos (1), y, en particular, su artículo 13,

Considerando lo siguiente:

(1) La finalidad del Reglamento (CE) nº 2160/2003 es garantizar la adopción de medidas apropiadas y eficaces para detectar y controlar la salmonela y otros agentes zoonóticos en todas las fases pertinentes de la producción, la transformación y la distribución, en particular en la producción primaria, con objeto de reducir su prevalencia y el riesgo que suponen para la salud pública.

(2) El Reglamento (CE) nº 2160/2003 no se aplica a la producción primaria destinada a un uso doméstico privado o al suministro directo por parte del productor de pequeñas cantidades de productos primarios al consumidor final o a establecimientos locales de venta al por menor que abastezcan directamente de productos primarios al consumidor final. De acuerdo con el citado Reglamento ese suministro directo debe estar regulado por normas nacionales que garanticen el cumplimiento de los objetivos del Reglamento (CE) nº 2160/2003.

(3) El Reglamento (CE) nº 2160/2003 dispone que debe establecerse un objetivo comunitario de reducción de la prevalencia de todos los serotipos de salmonela con importancia para la salud pública en los pollos de engorde y los pavos en la producción primaria. Dispone también que el objetivo de la Comunidad es determinar los programas de detección necesarios para comprobar si se han alcanzado los objetivos.

(4) El Reglamento (CE) nº 646/2007 de la Comisión (2) aplica el Reglamento (CE) nº 2160/2003 en lo que respecta al objetivo comunitario de reducción de la prevalencia de determinada salmonela en los pollos de engorde en la producción primaria. Establece también el programa de pruebas necesario para verificar el avance en el cumplimiento del objetivo...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT