Decisión de la Comisión, de 17 de diciembre de 2013, relativa a la notificación por parte del Reino de España del plan nacional transitorio a que se refiere el artículo 32 de la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las emisiones industriales [notificada con el número C(2013) 9089]

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

24.12.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 352/53

ES

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 17 de diciembre de 2013

relativa a la notificación por parte del Reino de España del plan nacional transitorio a que se refiere el artículo 32 de la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las emisiones industriales

[notificada con el número C(2013) 9089]

(El texto en lengua española es el único auténtico) (2013/799/UE)

LA COMISIÓN EUROPEA, constató que, en el caso de la instalación n o 5, la contribución al techo del PNT respecto al SO 2 durante el período 2001-2007 se había calculado sobre la base del índice mínimo de desulfuración y que en el período 2008-2010 esa contribución se había determinado mediante el método del valor límite de emisión, aunque no se cumplían las condiciones para ello.

(4) Como las discrepancias entre los datos del PNT y los del inventario de emisiones de conformidad con la Directiva 2001/80/CE impidieron la evaluación del plan, la Comisión, por carta de 11 de junio de 2013

( 6 ), solicitó al Reino de España que le aclarara las diferencias observadas. La Comisión le pidió asimismo que recalculara la contribución de la instalación n o 5 al techo del PNT respecto al SO 2 .

(5) El Reino de España presentó información complementaria a la Comisión mediante carta de 28 de junio de 2013

( 7 ), en la que aclaraba las diferencias existentes entre la información del PNT y el inventario de emisiones de 2009 con arreglo a la Directiva 2001/80/CE. El Reino de España declaró asimismo en dicha carta que no era necesario revisar la contribución de la instalación n o 5 al techo del PNT respecto al SO 2 .

(6) Tras una nueva evaluación del PNT y de la información adicional presentada por el Reino de España, la Comisión le envió una segunda carta el 19 de septiembre de 2013

( 8 ), en la que confirmaba su posición respecto a la utilización del método del índice mínimo de desulfuración para calcular la contribución de la instalación n o 5 al techo del PNT respecto al SO 2 . La Comisión observó además que, en el caso de la instalación n o 2, el Reino de España había utilizado un valor límite de emisión de 800 mg/Nm 3 para el SO 2 a fin de calcular la contribución de la instalación al techo del PNT de 2016, sobre la base de las disposiciones del artículo 5, apartado 2, de la Directiva 2001/80/CE, que, según la Comisión, no era aplicable a este efecto. La Comisión constató asimismo que, en el caso de nueve instalaciones, se había utilizado

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación)

( 1 ), y, en particular, su artículo 32, apartado 5, párrafo segundo,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con el artículo 32, apartado 5, párrafo primero, de la Directiva 2010/75/UE, el Reino de España presentó a la Comisión un plan nacional transitorio (PNT) por correo electrónico el 21 de diciembre de 2012

( 2 ) y mediante carta oficial el 28 de diciembre de 2012, recibida por la Comisión el 2 de enero de 2013

( 3 ).

(2) El PNT se ha evaluado de acuerdo con el artículo 32, apartados 1, 3 y 4, de la Directiva 2010/75/UE y con la Decisión de Ejecución 2012/115/UE de la Comisión

( 4

).

(3) Durante la evaluación de la integridad del PNT presentado por el Reino de España, la Comisión comprobó que muchas de las instalaciones incluidas en ese plan no coincidían con las notificadas en el inventario de emisiones de 2009 remitido por dicho país, de conformidad con lo dispuesto en la Directiva 2001/80/CE del Parlamento Europeo y del Consejo

( 5 ). La Comisión también

( 1 ) DO L 334 de 17.12.2010, p. 17.

( 2 ) Ares(2012)1551138.

( 3 ) Ares(2013)146.

( 4 ) Decisión de Ejecución 2012/115/UE de la Comisión, de 10 de febrero de 2012, por la que se establecen las normas relativas a los planes nacionales transitorios a que se hace referencia en la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las emisiones industriales (DO L 52 de 24.2.2012, p. 12).

( 5 ) Directiva 2001/80/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de

23 de octubre de 2001, sobre...

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