Directiva 2001/41/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de junio de 2001, por la que se modifica por vigésima primera vez la Directiva 76/769/CEE del Consejo, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros que limitan la comercialización y el uso de determinadas...
Section | Directive |
Issuing Organization | Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea |
ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas 18.7.2001L 194/36
DIRECTIVA 2001/41/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 19 de junio de 2001 por la que se modifica por vigésima primera vez la Directiva 76/769/CEE del Consejo, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros que limitan la comercialización y el uso de determinadas sustancias y preparados peligrosos, en lo que se refiere a sustancias clasificadas como carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular, su artículo 95,
Vista la propuesta de la Comisión (1 ),
Visto el dictamen del Comité Económico y Social (2 ),
De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (3),
Considerando lo siguiente:
(1) El artículo 14 del Tratado prevé el establecimiento de un espacio sin fronteras interiores en el que la libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales esté garantizada.
(2) El Parlamento Europeo y el Consejo aprobaron el 29 de marzo de 1996 la Decisión no 646/96/CE por la que se adopta un plan de acción de lucha contra el cáncer en el marco de la acción en el ámbito de la salud pública (1996-2000) (4 ).
(3) Para mejorar la protección de la salud y la seguridad de los consumidores, las sustancias se clasifican como carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción y los preparados que las contengan no deben ser comercializados para uso del público en general.
(4) La Directiva 94/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 1994 por la que se modifica por decimocuarta vez la Directiva 76/ 769/CEE (5) añadió un apéndice sobre los puntos 29, 30 y 31 del anexo I de la Directiva 76/769/CEE (6 ) consistente en una lista de sustancias clasificadas dentro de las categorías 1 o 2 como carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción. Esas sustancias y los preparados que las contienen no deben ser comercializados para su uso por el público en general.
(5) La Directiva 94/60/CE estipula que la Comisión debe presentar al Parlamento y al Consejo una propuesta para ampliar dicha lista dentro de los seis meses siguientes a la publicación de una adaptación al progreso técnico del anexo I de la Directiva 67/548/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1967, relativa a la aproximación...
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