Asunto C-502/11: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 4 de octubre de 2012 (petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato — Italia) — Vivaio dei Molini Azienda Agricola Porro Savoldi ss/Autorità per la Vigilanza sui Contratti Pubblici di lavori, servizi e forniture [Contratos públicos de obras — Directiva 93/37/CEE — Artículo 6 — Principios de igualdad de trato y de transparencia — Admisibilidad de una normativa que limita la participación en los procedimientos de licitación a las sociedades que ejerzan una actividad mercantil, excluyendo a las sociedades simples («società semplici») — Objetivos institucionales y estatutarios — Empresas agrícolas]

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 12.1.2013

La regla general 3 b) para la interpretación de la Nomenclatura Combinada que figura en el anexo I del Reglamento n o 2658/87, en su versión modificada por el Reglamento n o 1549/2006, debe interpretarse en el sentido de que la clasificación arancelaria de unos cabos como los controvertidos en el litigio principal no ha de realizarse conforme a dicha regla, sin perjuicio de que el tribunal remitente compruebe, teniendo en cuenta todos los elementos fácticos puestos en su conocimiento, que ninguno de los dos materiales de los que se componen dichos cabos les proporciona, por sí mismo, su carácter esencial.

artículo 1

del Reglamento (CE) n o 1601/2001 del Consejo, de 2 de agosto de 2001, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho antidumping provisional establecido sobre las importaciones de determinados cables de hierro o de acero originarias de la República Checa, Rusia, Tailandia y Turquía, debe interpretarse en el sentido de que unos cabos como los controvertidos en el litigio principal, suponiendo que se clasifiquen en la subpartida 7312 10 98 de la Nomenclatura Combinada que figura en el anexo I del Reglamento n o 2658/87, en su versión modificada por el Reglamento.

1549/2006, están incluidos en el ámbito de aplicación de esta disposición.

subpartida 7317 00 90 de la Nomenclatura Combinada que figura en el anexo I del Reglamento n o 2658/87, en su versión modificada por el Reglamento n o 1549/2006, debe interpretarse en el sentido de que unas abrazaderas onduladas con extremos redondeados conectados mediante una clavija, como las controvertidas en el litigio principal, no están incluidas en esta subpartida.

) DO C 13, de 14.1.2012.

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 6 de noviembre de 2012 - Comisión Europea/Hungría

(Asunto C-286/12) ( 1 )

(Incumplimiento de Estado - Política social - Igualdad de trato en el empleo y la ocupación - Directiva 2000/78/CE - Artículos 2 y 6, apartado 1 - Régimen nacional que obliga a cesar en su actividad profesional a jueces, fiscales y notarios que han alcanzado la edad de 62 años - Objetivos legítimos que justifican una diferencia de trato con los trabajadores menores de 62 años - Carácter proporcionado de la duración del período transitorio)

(2013/C 9/35)

Lengua de procedimiento: húngaro

Comisión Europea (representantes: J. Enegren y K. Talabér-Ritz, agentes)

Hungría (representante: M.Z. Fehér, agente)

Incumplimiento de Estado - Infracción de los artículos...

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