Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «El respeto de los derechos fundamentales en las políticas y la legislación europeas en materia de inmigración» (Dictamen de iniciativa)

SectionResoluciones, recomendaciones y dictámenes

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 128/29

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «El respeto de los derechos fundamentales en las políticas y la legislación europeas en materia de inmigración»

(Dictamen de iniciativa)

(2010/C 128/06)

Ponente: Luis Miguel PARIZA CASTAÑOS

El 26 de febrero de 2009, de conformidad con el apartado 2 del artículo 29 de su Reglamento Interno, el Comité Económico y Social Europeo decidió elaborar un dictamen de iniciativa sobre el tema:

El respeto de los derechos fundamentales en las políticas y la legislación europeas en materia de inmigración

.

La Sección Especializada de Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 15 de octubre de 2009.

En su 457o Pleno de los días 4 y 5 de noviembre de 2009 (sesión del 4 de noviembre de 2009), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por unanimidad el presente Dictamen.

Presentación y contexto

El CESE ha decidido elaborar un Dictamen de iniciativa proponer que las políticas y las legislaciones de la UE sobre y fronteras respeten adecuadamente los derechos y sitúen la libertad y seguridad de todas las personas en principal de su atención.

Con muchas dificultades políticas en el Consejo, la UE se dotando de un marco legislativo común en materia de inmique ofrece derechos y garantías supranacionales y que va de las legislaciones cambiantes (y a veces restrictivas) de Estados Miembros. El CESE valora de manera positiva los realizados, porque elaborar una legislación común entre

Estados miembros no es una tarea fácil en un tema tan como la inmigración.

Sin embargo, el carácter de armonización minimalista de de estas normas dificulta y limita la existencia de garany adecuadas para la protección de los derechos humaPor otro lado, en algunos Estados miembros la transposición legislación nacional de las Directivas europeas no se está reacorrectamente desde la protección de los derechos

Durante estos años, el CESE ha elaborado varios dictámeque la política común de inmigración esté basada en un integral que tenga en cuenta no solo las necesidades de miembros de la UE y la colaboración con los países de

sino también el respeto a los derechos humanos de los

El Consejo Europeo acordó el 16 de octubre de 2008 el Europeo sobre inmigración y asilo, que expresa un fuerte político de la UE para avanzar en la política común

de inmigración. Durante la Presidencia de Suecia, la UE adoptará

el Programa de Estocolmo

(1).

1.6. También está previsto que entre en vigor el Tratado de Lisboa, que puede suponer un nuevo impulso para el desarrollo de las políticas de inmigración que se adoptarán a través del procedimiento legislativo ordinario y que conferirá un carácter jurídico vinculante a la Carta de los Derechos Fundamentales.

1.7. Durante estos años el CESE ha reforzado la colaboración con las organizaciones de la sociedad civil y ha establecido un vínculo estable de participación a través del Foro Europeo de la Integración

(2). El Comité ha asumido un compromiso muy importante para que las políticas de integración se desarrollen con la participación de la sociedad civil.

1.8. El Comité observa con preocupación que en Europa crece la intolerancia, el racismo y la xenofobia contra los inmigrantes, contra «los diferentes», y expresa su temor de que los efectos sociales de la crisis financiera potencien estos fenómenos. Es preciso que los responsables políticos, los dirigentes sociales y los medios de comunicación actúen con una alta responsabilidad y con una gran pedagogía política y social, para prevenir estas conductas. La educación en los valores humanos, en los derechos fundamentales, en la igualdad y la no discriminación, se debe reforzar en los programas de estudios de la enseñanza primaria y secundaria

2. Los Derechos Humanos Fundamentales y las Políticas de Inmigración

2.1. Entre los distintos instrumentos internacionales, la Declaración Universal de Derechos Humanos proclama la universalidad de un sistema común de principios y valores.

(1) COM(2009) 262 final, 10.6.2009.

(2) Foro europeo de la integración y el sitio Web de la UE sobre la integración.

ES Diario Oficial de la Unión Europea 18.5.2010

El Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) que suscrito por todos los Estados miembros, y el Tribunal Eurode Derechos Humanos (TEDH) constituyen la base y la garanque se respeten a lo largo y ancho del territorio de la UE.

El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) reconocido que el CEDH y la jurisprudencia desarrollada del forman parte del ordenamiento jurídico comunitario y principios generales dentro del mismo.

Ello ha sido confirmado por el articulo 6 del Tratado de la el cual reforzó la garantía de los derechos fundamenel sistema legal Europeo y la competencia del TJCE para su respeto en lo que se refiere a la acción de las instieuropeas y de los Estados miembros dentro del ámbito Derecho comunitario.

A pesar de que los Estados tienen el derecho soberano para las entradas y otorgar los permisos de residencia de los de terceros países, el CESE recuerda que los Estados

respetar las obligaciones contraídas en los instrumentos y internacionales y europeas sobre derechos humafundamentales y su interpretación (y desarrollo) por parte de órganos jurisdiccionales competentes.

La Carta de los Derechos Fundamentales de la UE incorpora derechos que no estaban incluidos en el CEDH

(5) «que la política y la legislación de inmigración deben respetar plenamente los derechos humanos de todas las personas, la igualdad de trato y la no discriminación. Para reforzar este objetivo, el CESE propone que se incluyan dos nuevos principios comunes» para la futura política de inmigración europea tal y como se va a recoger en el Programa de Estocolmo: «Derechos fundamentales, y Estado de Derecho y libertades fundamentales».

2.12. Los derechos fundamentales deberían ser atribuidos a todas las personas, no sólo a los ciudadanos de la Unión. Los solicitantes de asilo, y los inmigrantes, están protegidos por el CEDH y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. El Derecho europeo de inmigración y de fronteras, y la jurisprudencia del TJCE, ofrecen además un conjunto de garantías y derechos que van más allá de la discrecionalidad de los Estados Miembros.

2.13. También el CESE ha propuesto

2.11. El CESE ha propuesto en un reciente Dictamen

(6) que, en el ámbito de la política exterior, la UE debe promover un marco normativo internacional para las migraciones, sobre la base de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto sobre los Derechos Civiles y Políticos y el Pacto sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Este marco normativo internacional debe incluir los principales convenios de la OIT y la Convención Internacional de las Naciones Unidas sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migrantes y sus familiares, que aún no ha sido ratificada por los Estados miembros de la UE, a pesar de que el CESE aprobó un Dictamen de iniciativa

(3). Adegran número de estos derechos son independientes de la de las personas. La Carta tendrá un carácter vincucuando se ratifique el Tratado de Lisboa, y reforzará la segujurídica de la protección de los derechos fundamentales de

La Carta será aplicable a las instituciones europeas y Estados miembros, en especial cuando aplican la legislación y reforzará el respeto de los derechos fundamentacuestiones relativas a la inmigración.

Con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, la Unión tenposibilidad de adherirse al CEDH, lo cual reforzará el comcon los derechos humanos por parte de la UE.

El Comité también respaldó

Dictamen del CESE, DO C 88 de 11.4.2006, p. 37.

(7) proponiendo

su ratificación.

2.14. En el Programa para Europa

(4) la creación de la Agencia de Derechos Fundamentales de la UE. El Consejo Europeo adoptó en 2008 el marco plurianual de la Agencia, que contempla nueve temáticos, entre los que se incluyen el racismo y la xenola discriminación; el asilo; la inmigración y la integración; visados y los controles fronterizos. El CESE desea participar en para reforzar el papel de la sociedad civil organizada actividades.

Pero a pesar de estos instrumentos y estructuras comunison numerosas las organizaciones de la sociedad civil y los de investigadores independientes y académicos que han que algunas políticas y legislaciones nacionales y no respetan adecuadamente los derechos

En el ámbito de las políticas comunitarias, son muchos los informes que denuncian...

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