2002/4/EC: Commission Decision of 27 December 2001 on financial assistance from the Community for storage in France, Italy and the United Kingdom of antigen for production of foot-and-mouth disease vaccine (notified under document number C(2001) 4383)

Published date04 January 2002
Date of Signature01 February 2002
Subject Matterdisposiciones financieras,legislación veterinaria,disposizioni finanziarie,legislazione veterinaria,dispositions financières,législation vétérinaire,relaciones exteriores,Acuerdo de Asociación,telecomunicaciones,Libertad de establecimiento
Official Gazette PublicationDiario Oficial de las Comunidades Europeas, L 2, 04 de enero de 2002,Gazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 2, 04 gennaio 2002,Journal officiel des Communautés européennes, L 2, 04 janvier 2002,Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 88, 04 de abril de 2002
EUR-Lex - 32002D0004 - ES

2002/4/CE: Decisión de la Comisión, de 27 de diciembre de 2001, relativa a la ayuda financiera de la Comunidad para el almacenamiento en Francia, Italia y el Reino Unido de antígeno para la producción de la vacuna contra la fiebre aftosa [notificada con el número C(2001) 4383]

Diario Oficial n° L 002 de 04/01/2002 p. 0019 - 0021


Decisión de la Comisión

de 27 de diciembre de 2001

relativa a la ayuda financiera de la Comunidad para el almacenamiento en Francia, Italia y el Reino Unido de antígeno para la producción de la vacuna contra la fiebre aftosa

[notificada con el número C(2001) 4383]

(2001/4/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Decisión 90/424/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a determinados gastos en el sector veterinario(1), cuya última modificación la constituye la Decisión 2001/572/CE(2), y, en particular, su artículo 14,

Considerando lo siguiente:

(1) En virtud de la Decisión 91/666/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1991, por la que se establecen reservas comunitarias de la vacuna contra la fiebre aftosa(3), cuya última modificación la constituye la Decisión 2001/181/CE de la Comisión(4), la creación de bancos de antígenos forma parte de la actuación comunitaria para crear reservas comunitarias de la vacuna contra la fiebre aftosa.

(2) El artículo 3 de dicha Decisión designa como bancos de antígenos en los que se conservan las reservas comunitarias al "Laboratoire de pathologie bovine du Centre national d'études vétérinaires et alimentaires" de Lyon (Francia), que actualmente está integrado en la "Agence française de sécurité sanitaire des aliments (AFSSA)", y al "Istituto Zooprofilattico Sperimentale" de Brescia (Italia), y establece un procedimiento para la designación de otros establecimientos como bancos de antígenos mediante Decisión de la Comisión.

(3) Mediante la Decisión 2000/111/CE(5), la Comisión designó a Merial SAS, de Pirbright, Reino Unido, como tercer banco de antígenos.

(4) En el artículo 4 de la Decisión 91/666/CEE se especifican las funciones y cometidos de dichos bancos de antígenos y la concesión de la asistencia comunitaria debe depender de su cumplimiento.

(5) Se debe conceder ayuda financiera comunitaria a los bancos que ofrecen servicios a la Comunidad para que puedan seguir desempeñando durante 2001 las funciones y cometidos...

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