Asunto C-240/07: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 16 de mayo de 2007 — Sony Music Entertainment (Germany) GmbH/Falcon Neue Medien Vertrieb GmbH

SectionDictámenes

Cuestión prejudicial

¿Debe interpretarse el artículo 20 de la Directiva 2003/54/CE (1)

del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se deroga la Directiva 96/92/CE, en el sentido de que obliga a los Estados miembros a dictar una normativa en virtud de la cual todo tercero tiene un derecho discrecional, siempre que la red de electricidad disponga de la «capacidad necesaria», para elegir a qué red -de transporte de electricidad o de distribución de electricidad- desea conectarse y el gestor de la red de que se trate está obligado a facilitarle el acceso a la red?

(1) DO L 176, p. 37.

(1) DO L 372, p. 12. (2) DO L 346, p. 61.

Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 16 de mayo de 2007 - Sony Music Entertainment (Germany) GmbH/Falcon Neue

Medien Vertrieb GmbH

(Asunto C-240/07)

(2007/C 170/23)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesgerichtshof

Partes en el procedimiento principal

Demandante y recurrente en casación: Sony Music Entertainment (Germany) GmbH

Demandada y recurrida en casación: Falcon Neue Medien Vertrieb GmbH

Cuestiones prejudiciales

1) ¿Puede aplicarse también el plazo de protección previsto en la Directiva 2006/116/CE (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa al plazo de protección del derecho de autor y de determinados derechos afines (Directiva relativa al plazo de protección) cuando se dan los requisitos establecidos en el artículo 10, apartado 2, de dicha Directiva, si el objeto en cuestión nunca estuvo protegido en el Estado miembro en que se reclama la protección?

2) Si la respuesta a la primera pregunta es afirmativa:

  1. ¿Son disposiciones nacionales en el sentido del artículo 10, apartado 2, de la Directiva relativa al plazo de protección también las disposiciones de los Estados miembros relativas a la protección de titulares de los

    derechos que no sean nacionales de un Estado miembro de la Comunidad?

  2. ¿Se aplica el plazo de protección previsto en el artículo 10, apartado 2, de la Directiva también a objetos que en la fecha a que se refiere el artículo 10, apartado 1, de la Directiva cumplían los criterios de protección de la Directiva 92/100/CEE (2) del Consejo, de 19 de noviembre de 1992, sobre derechos de alquiler y préstamo y otros derechos afines a los derechos de autor en el...

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