Notificación de la Comisión sobre las partes eximidas, en cumplimiento del Reglamento (CE) no 88/97 de la Comisión, relativo a la autorización de la exención de las importaciones de determinadas piezas de bicicleta originarias de la República Popular China, de la ampliación, en virtud del Reglamento (CE) no 71/97 del Consejo, del derecho anti-dumping establecido por el Reglamento (CEE) no 2474/93 del Consejo, mantenido por el Reglamento (CE) no 1524/2000 del Consejo y modificado por última vez por el Reglamento (CE) no 1095/2005 del Consejo: cambios del nombre y el domicilio social de determinadas partes eximidas

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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA COMERCIAL COMÚN

COMISIÓN

Notificación de la Comisión sobre las partes eximidas, en cumplimiento del Reglamento (CE) no 88/97 de la Comisión, relativo a la autorización de la exención de las importaciones de determinadas piezas de bicicleta originarias de la República Popular China, de la ampliación, en virtud del Reglamento (CE) no 71/97 del Consejo, del derecho anti-dumping establecido por el Reglamento (CEE) no 2474/93 del Consejo, mantenido por el Reglamento (CE) no 1524/2000 del Consejo y modificado por última vez por el Reglamento (CE) no 1095/2005 del Consejo: cambios del nombre y el domicilio social de determinadas partes eximidas

(2008/C 135/04)

El Reglamento (CE) no 88/97 de la Comisión (1) (el «Reglamento de exención»), autoriza la exención de los derechos anti-dumping ampliados sobre las importaciones de determinadas piezas de bicicleta originarias de la República Popular China. Este derecho es el resultado de la ampliación por el Reglamento (CE) no 71/97 del Consejo (2) del derecho anti-dumping impuesto por el Reglamento (CEE) no 2474/93 del Consejo (3), mantenido por el Reglamento (CE) no 1524/2000 del Consejo (4) y modificado por última vez por el Reglamento (CE) no 1095/2005 del Consejo (5).

En este contexto, y mediante sucesivas Decisiones de la Comisión, se eximió del derecho anti-dumping ampliado a determinados productores de bicicletas, entre otros:

Athletic Manufacturing Sp. z o.o. (código Taric adicional A568) (6), Cicli Esperia SpA (código Taric adicional 8068) (7), Cycleurope International/Peugeot (código Taric adicional 8963) (8), Euro.T Polska Sp. z o.o. (código Taric adicional A549) (9), Jan Janssen Fietsen v.o.f. (código Taric adicional 8078) (10), Kurt Gudereit (código Taric adicional 8524) (11), MIFA Mittdeldeutsche Fahrradwerke GmbH (código Taric adicional 8009) (12) y Rabeneick GmbH (código Taric adicional 8489) (13).

Athletic Manufacturing Sp. z o.o. comunicó a la Comisión que la dirección legal de la empresa había cambiado de ul. Drawska 21, PL-02-202 Varsovia, a ul. Strefowa 7, PL-75-202 Koszalin.

Cicli Esperia SpA (inicialmente Esperia SpA) comunicó a la Comisión que la dirección legal de la empresa había cambiado de via Meucci 27, I-35028 Piove di Sacco (PD) a via Bellini Vincenzo 5, I-35131 Padua.

Cycleurope Internacional/Peugeot comunicó a la Comisión que el nombre legal de la empresa había cambiado de Cycleurope Internacional/Peugeot a Cycleurope...

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