Reglamento de Ejecución (UE) 2015/38 de la Comisión, de 13 de enero de 2015, relativo a la autorización del preparado de Lactobacillus acidophilus CECT 4529 como aditivo en piensos para gallinas ponedoras y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1520/2007 (titular de la autorización Centro Sperimentale del Latte)

SectionReglamento de ejecución

14.1.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 8/4

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 1831/2003 establece la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal, así como los motivos y los procedimientos para conceder dicha autorización. El artículo 10 de dicho Reglamento contempla el reexamen de los aditivos autorizados con arreglo a la Directiva 70/524/CEE del Consejo (2).

(2) Mediante el Reglamento (CE) no 1520/2007 de la Comisión (3), el preparado de Lactobacillus acidophilus CECT 4529 fue autorizado, sin límite de tiempo, como aditivo en piensos para gallinas ponedoras de conformidad con la Directiva 70/524/CEE. Posteriormente, este preparado se inscribió en el Registro de Aditivos para Alimentación Animal como producto existente, de conformidad con el artículo 10, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 1831/2003.

(3) De conformidad con el artículo 10, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1831/2003, leído en relación con su artículo 7, se presentó una solicitud relativa al reexamen del preparado de Lactobacillus acidophilus CECT 4529 como aditivo en los piensos para gallinas ponedoras y, de conformidad con el artículo 7 de dicho Reglamento, relativa a un nuevo uso en el agua para beber, en la que se pedía que dicho aditivo se clasificara en la categoría de «aditivos zootécnicos». Dicha solicitud iba acompañada de la información y la documentación exigidas con arreglo al artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1831/2003.

(4) En su dictamen (4) de 1 de julio de 2014, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad») concluyó que, en las condiciones de uso propuestas, el preparado de Lactobacillus acidophilus CECT 4529 no tiene ningún efecto adverso para la salud animal, la salud humana o el medio ambiente. La Autoridad concluyó, además, que el uso del preparado puede incrementar la intensidad de la puesta y mejorar la relación másica entre piensos y huevos. La Autoridad consideró que los resultados son independientes de la forma de administración, a condición de que la exposición en el agua para beber sea la misma que con una dosis equivalente en el pienso. La Autoridad no considera que sean necesarios...

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