Decisión de Ejecución (UE) 2015/266 de la Comisión, de 16 de febrero de 2015, por la que la Isla de Man se declara indemne de varroasis y se modifica el anexo de la Decisión de Ejecución 2013/503/UE [notificada con el número C(2015) 715]

SectionDecisión de ejecución

19.2.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 45/16

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 92/65/CEE del Consejo, de 13 de julio de 1992, por la que se establecen las condiciones de policía sanitaria aplicables a los intercambios y las importaciones en la Comunidad de animales, esperma, óvulos y embriones no sometidos, con respecto a estas condiciones, a las normativas comunitarias específicas a que se refiere la sección I del anexo A de la Directiva 90/425/CEE (1), y, en particular, su artículo 15, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) La Directiva 92/65/CEE establece los requisitos zoosanitarios que rigen el comercio y la importación en la Unión de animales, esperma, óvulos y embriones no sometidos a los requisitos zoosanitarios fijados en los actos específicos de la Unión a los que hace referencia el anexo F de la misma.

(2) La varroasis de las abejas figura con su denominación anterior «varroasis» en el anexo B de la Directiva 92/65/CEE. Está causada por ácaros del género Varroa, ectoparásitos cuya presencia ha sido notificada en todo el mundo.

(3) El artículo 15 de la Directiva 92/65/CEE establece que, en caso de que un Estado miembro considere que su territorio está total o parcialmente libre de una de las enfermedades mencionadas en su anexo B, debe presentar a la Comisión las justificaciones correspondientes, sobre la base de las cuales debe adoptarse una decisión.

(4) La varroasis se propaga al desplazar panales con cría y por contacto directo entre abejas adultas infestadas. Esto último solo es posible en el alcance de vuelo de las abejas; por eso solo pueden considerarse indemnes de la enfermedad aquellos territorios en los que pueden controlarse los desplazamientos de las abejas y de los panales de cría y que están lo suficientemente aislados para que no lleguen a ellos abejas del exterior. Además, las autoridades competentes deben acreditar, con los resultados de su vigilancia ampliada, que la región está realmente indemne de varroasis y que, para mantener tal estatuto sanitario, se controla estrictamente la introducción de abejas vivas adultas y de huevos, larvas y ninfas.

(5) Mediante la adopción de la Decisión de Ejecución 2013/503/UE de la Comisión (2), las Islas Åland en Finlandia se reconocieron como territorio libre de varroasis.

(6) El Reino Unido ha solicitado a la Comisión que reconozca el territorio de la Isla de Man como indemne de varroasis.

(7) Si...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT