Decisión (PESC) 2015/1050 del Consejo, de 30 de junio de 2015, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

1.7.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 170/2

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 29,

Considerando lo siguiente:

(1) El 26 de julio de 2010, el Consejo adoptó la Decisión 2010/413/PESC (1) relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán.

(2) El 24 de noviembre de 2013, China, Francia, Alemania, la Federación de Rusia, el Reino Unido y los Estados Unidos, con el respaldo de la alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, llegaron a un acuerdo con Irán en relación con un Plan de Acción común en el que se establece un planteamiento para hallar una solución general a largo plazo a la cuestión nuclear iraní. Se acordó que el proceso hacia esa solución general incluiría, como primera etapa, unas medidas iniciales acordadas mutuamente que deberían adoptar ambas partes durante seis meses, prorrogables por consentimiento mutuo.

(3) Como parte de esa primera etapa, Irán emprendería una serie de medidas voluntarias, según se especifica en el Plan de Acción común. A su vez, se tomaría una serie de medidas voluntarias que, para la Unión, incluirían la suspensión de las medidas restrictivas relativas a la prohibición de seguro, reaseguro y transporte para el petróleo crudo iraní, la prohibición de importación, compra o transporte de productos petroquímicos iraníes y de prestación de servicios afines, así como la prohibición del comercio de oro y metales preciosos con el Gobierno de Irán, sus organismos públicos y el Banco Central de Irán, o con personas y entidades que actúen en su nombre. La suspensión de dichas medidas restrictivas se mantendría por un período de seis meses, durante el cual deberían ejecutarse los contratos pertinentes.

(4) El Plan de Acción común prevé además que se decuplen los umbrales de autorización relativos a las transferencias de fondos con destino a Irán o procedencia de este.

(5) El 20 de enero de 2014, el Consejo adoptó la Decisión 2014/21/PESC (2), que modifica la Decisión 2010/413/PESC, con el fin de aplicar las disposiciones relativas a medidas restrictivas de la Unión contempladas en el Plan de Acción común.

(6) El 19 de julio de 2014, China, Francia, Alemania, la Federación de Rusia, el Reino Unido y los Estados Unidos, con el respaldo de la alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, convinieron con Irán en la prórroga de la aplicación del Plan de Acción común...

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