Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1851 de la Comisión, de 15 de octubre de 2015, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) no 948/2014 en lo que atañe al período de almacenamiento contractual y al importe de la ayuda que debe concederse para el almacenamiento privado de leche desnatada en polvo

SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationComisión Europea

16.10.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 271/12

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) no 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) no 922/72, (CEE) no 234/79, (CE) no 1037/2001 y (CE) no 1234/2007 (1), y, en particular, su artículo 18, apartado 2, su artículo 20, letras c), l), y m), y su artículo 223, apartado 3, letra c),

Visto el Reglamento (UE) no 1370/2013 del Consejo, de 16 de diciembre de 2013, por el que se establecen medidas relativas a la fijación de determinadas ayudas y restituciones en relación con la organización común de mercados de los productos agrícolas (2), y, en particular, su artículo 4,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento de Ejecución (UE) no 948/2014 de la Comisión (3) abrió el almacenamiento privado de leche desnatada en polvo, habida cuenta de la difícil situación del mercado, resultante, en particular, de la prohibición establecida por el Gobierno ruso en relación con las importaciones de productos lácteos de la Unión a Rusia.

(2) A raíz de un nuevo deterioro de los precios de la leche desnatada en polvo, el régimen de almacenamiento privado fue prorrogado hasta el 28 de febrero de 2015 mediante el Reglamento de Ejecución (UE) no 1337/2014 de la Comisión (4), hasta el 30 de septiembre de 2015 mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/303 de la Comisión (5) y hasta el 29 de febrero de 2016 mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1548 de la Comisión (6).

(3) Dada la continua tendencia a la baja de los precios de la leche desnatada en polvo provocada por un importante exceso de oferta de leche en el mercado interior y las limitaciones persistentes de la demanda mundial, procede prever medidas adicionales con el fin de incitar a los agentes económicos a almacenar cantidades más elevadas para aliviar la presión sobre el mercado y, por lo tanto, deben concederse importes de ayuda más elevados cuando los productos sean almacenados durante un período contractual más largo.

(4) No obstante, a fin de que los agentes económicos puedan reaccionar con flexibilidad ante las futuras señales del mercado, debe autorizarse la salida de almacén de dichos productos a un porcentaje de ayuda reducido tras un período mínimo de almacenamiento de nueve meses.

(5) Teniendo en cuenta el...

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