Decisión de Ejecución (UE) 2016/1372 de la Comisión, de 10 de agosto de 2016, que modifica el anexo de la Decisión de Ejecución 2014/709/UE, sobre medidas de control zoosanitarias relativas a la peste porcina africana en determinados Estados miembros, en lo que respecta a las entradas correspondientes a Letonia y Polonia [notificada con el número C(2016) 5319]

SectionDecisión de ejecución

12.8.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 217/38

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios con vistas a la realización del mercado interior (1), y en particular su artículo 9, apartado 4,

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (2), y en particular su artículo 10, apartado 4,

Vista la Directiva 2002/99/CE del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, por la que se establecen las normas zoosanitarias aplicables a la producción, transformación, distribución e introducción de los productos de origen animal destinados al consumo humano (3), y en particular su artículo 4, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión de Ejecución 2014/709/UE de la Comisión (4) establece medidas de control zoosanitarias relativas a la peste porcina africana en determinados Estados miembros. En las partes I, II, III y IV del anexo de dicha Decisión de Ejecución se delimitan y enumeran ciertas zonas de tales Estados miembros, diferenciadas según el nivel de riesgo a partir de la situación epidemiológica. La lista incluye determinadas zonas de Letonia y Polonia.

(2) En agosto de 2016 se produjeron casos de peste porcina africana en poblaciones de jabalíes en la zona de Tukums en Letonia. Esta zona figura en la parte I del anexo de la Decisión 2014/709/UE y se encuentra muy cerca de las zonas no restringidas de Letonia. En agosto de 2016 se produjo un brote de peste porcina africana en cerdos domésticos en Gulbenes, Letonia, que figura en la parte II del anexo de dicha Decisión. La aparición de este segundo brote representa un incremento del nivel de riesgo que debe tenerse en cuenta. En consecuencia, determinadas zonas de Letonia que figuran en la parte I deben incorporarse ahora a la parte II, varias nuevas zonas de Letonia deben incluirse en la lista de la parte I, y una serie de zonas de Letonia que figuran en la parte II deben incluirse en la lista de la parte III del anexo de la Decisión de Ejecución 2014/709/UE.

(3) En agosto de 2016 se produjo un brote de peste porcina africana en cerdos domésticos en la zona de Wysokomazowiecki, en Polonia, en una zona que figura actualmente en la parte I del anexo de la Decisión de Ejecución 2014/709/UE. La aparición de este brote, junto con la ausencia de circulación viral de esta enfermedad en las poblaciones de jabalíes en las proximidades del brote, representa un incremento del nivel de riesgo que debe tenerse en cuenta. En agosto de 2016 se produjo otro brote de peste porcina africana en cerdos domésticos en Siemiatycki, Polonia, que se encuentra cerca de la frontera con Bielorrusia. La aparición de este segundo brote, a lo que se añade el desconocimiento de la situación en que se encuentra este tercer país vecino, representa un incremento del nivel de riesgo que debe tenerse en cuenta. En consecuencia, determinadas zonas de Polonia que figuran en la parte I deben incorporarse a la parte III del anexo de la Decisión de Ejecución 2014/709/UE y varias nuevas zonas de Polonia deben incorporarse a la parte I de dicho anexo.

(4) Al evaluar el riesgo zoosanitario que presenta esta situación en lo que respecta a la peste porcina africana en Letonia y Polonia, debe tenerse en cuenta la evolución de la actual situación epidemiológica respecto a esta enfermedad en las poblaciones de jabalíes afectadas en la Unión. Con el fin de hacer más específicas las medidas de control zoosanitarias previstas en la Decisión de Ejecución 2014/709/UE y de impedir la propagación de la peste porcina africana, así como de evitar toda perturbación innecesaria del comercio dentro de la Unión y de impedir la introducción de barreras injustificadas al comercio por parte de terceros países, procede modificar la lista de la Unión de las zonas sujetas a las medidas de control zoosanitarias establecidas en el anexo de dicha Decisión de Ejecución con el fin de tener en cuenta los cambios en la actual situación epidemiológica de Letonia y Polonia en relación con esta enfermedad.

(5) Procede, por tanto, modificar el anexo de la Decisión de Ejecución 2014/709/UE en consecuencia.

(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

El anexo de la Decisión de Ejecución 2014/709/UE se sustituye por el texto del anexo de la presente Decisión.

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 10 de agosto de 2016.

(1) DO L 395 de 30.12.1989, p. 13.

(2) DO L 224 de 18.8.1990, p. 29.

(3) DO L 18 de 23.1.2003, p. 11.

(4) Decisión de Ejecución 2014/709/UE de la Comisión, de 9 de octubre de 2014, sobre medidas de control zoosanitarias relativas a la peste porcina africana en determinados Estados miembros y por la que se deroga la Decisión de Ejecución 2014/178/UE (DO L 295 de 11.10.2014, p. 63).

Las siguientes zonas de Letonia:

— en el novads de Bauskas, las pagasti de Īslīces, Gailīšu, Brunavas y Ceraukstes,

— en el novads de Dobeles, las pagasti de Bikstu, Zebrenes, Annenieku, Naudītes, Penkules, Auru y Krimūnu, Dobeles, Berzes, las parte del pagasts de Jaunbērzes situada al oeste de la carretera P98, y la pilsēta de Dobele,

— en el novads de Jelgavas, las pagasti de Glūdas, Svētes, Platones, Vircavas, Jaunsvirlaukas, Zaļenieku, Vilces, Lielplatones, Elejas y Sesavas,

— en el novads de Kandavas, las pagasti de Vānes y...

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