Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y el Consejo por la que se modifica la Directiva 2014/65/UE relativa a los mercados de instrumentos financieros, en lo tocante a determinadas fechas [COM(2016) 56 final — 2016/0033 (COD)] y sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 600/2014, relativo a los mercados de instrumentos financieros, el Reglamento (UE) n.o 596/2014, sobre el abuso de mercado, y el Reglamento (UE) n.o 909/2014, sobre la mejora de la liquidación de valores en la Unión Europea y los depositarios centrales de valores, en lo que respecta a determinadas fechas [COM(2016) 57 final — 2016/0034 (COD)]

SectionDictamen confirmatorio
Issuing OrganizationParlamento Europeo

19.8.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 303/91

Ponente:

El 25 de febrero de 2016, de conformidad con el artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Parlamento Europeo decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la:

propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2014/65/UE, relativa a los mercados de instrumentos financieros, en lo tocante a determinadas fechas

[COM(2016) 56 final — 2016/0033 (COD)]

El 25 de febrero de 2016, de conformidad con los artículos 114 y 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Parlamento Europeo y el Consejo decidieron consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la:

propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 600/2014, relativo a los mercados de instrumentos financieros, el Reglamento (UE) n.o 596/2014, sobre el abuso de mercado, y el Reglamento (UE) n.o 909/2014, sobre la mejora de la liquidación de valores en la Unión Europea y los depositarios centrales de valores, en lo que respecta a determinadas fechas

[COM(2016) 57 final — 2016/0034 (COD)].

La Sección de Mercado Único, Producción y Consumo, encargada de preparar los trabajos del Comité en este asunto, aprobó su dictamen el 10 de mayo de 2016.

En su 517.o pleno de los días 25 y 26 de mayo de 2016 (sesión del 26 de mayo de 2016), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 132 votos a favor, 2 en contra y 1 abstención el presente dictamen.

1.1 Teniendo en cuenta las circunstancias mencionadas en el cuerpo del dictamen, el Comité acepta las propuestas de la Comisión, por las que se pospone un año la plena aplicación del paquete MiFID II, del 3 de enero de 2017 al 3 de enero de 2018. Al parecer, este aplazamiento se justifica por una serie de problemas técnicos e informáticos importantes, y por el hecho de que un aplazamiento parcial no parece una opción ya que, a su vez, plantearía otras cuestiones difíciles relacionadas, en particular, con la claridad y la seguridad jurídica, las posibles perturbaciones del mercado y los gastos e inversiones adicionales. Igualmente, el Comité insta a que se realicen todos los esfuerzos necesarios para evitar otro aplazamiento de la aplicación del paquete MiFID II y que durante el período de aplazamiento se vele por que no se vulneren en la práctica las normas para la protección de los inversores. A la espera de la nueva reglamentación, deberán seguir aplicándose plenamente, cuando proceda, las disposiciones actuales de la Directiva MiFID I.

1.2 Esta insistencia del Comité resulta aún más pertinente cuando en el pasado ya se pronunció a favor (1) de determinadas reformas de los mercados financieros e insistió en que estas debían llevarse a cabo con rapidez. Esto fue lo que ocurrió también con el desarrollo del paquete MiFID II en 2014. El paquete MiFID II comprende la versión revisada y reforzada de la Directiva europea MiFID (2) (MiFID I) de 2007 y la introducción del Reglamento MiFIR (3). En resumen, esto significa que el paquete MiFID II tiene como finalidad incrementar la eficiencia y la transparencia de los mercados financieros europeos y ampliar la protección de los inversores.

1.3 Cuando, en particular, se planteó la revisión y el...

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