Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el reconocimiento de las cualificaciones profesionales en la navegación interior y por la que se derogan las Directivas 91/672/CEE y 96/50/CE del Consejo» [COM(2016) 82 final — 2016/0050 (COD)]

SectionDictamen confirmatorio
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

21.10.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 389/93

Ponente: Sr. Jan SIMONS

Los días 23 de marzo y 11 de abril de 2016, respectivamente, el Consejo de la Unión Europea y el Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 91, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, decidieron consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la:

Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el reconocimiento de las cualificaciones profesionales en la navegación interior y por la que se derogan las Directivas 91/672/CEE y 96/50/CE del Consejo

[COM(2016) 82 final — 2016/0050 (COD)].

La sección de Transportes, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 21 de junio de 2016.

En su 518.o pleno, celebrado los días 13 y 14 de julio de 2016 (sesión del 13 de julio de 2016), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 118 votos a favor, 2 en contra y 6 abstenciones el presente dictamen.

1.1. El CESE suscribe la afirmación de que el sistema común de cualificaciones profesionales en la navegación interior debe basarse en las competencias requeridas y no en los requisitos de experiencia, como era la práctica habitual. Confía también en que se cumpla la expectativa de que el reconocimiento de las cualificaciones profesionales en toda la Unión beneficiará al desarrollo de la navegación interior.

1.2. La movilidad laboral dentro de la UE es un factor importante para afrontar la escasez estructural de tripulaciones de cubierta cualificadas. Una evaluación obligatoria de las competencias para todos los tripulantes de cubierta mejorará la imagen y el atractivo de la profesión.

1.3. El mantenimiento de las actuales normas de seguridad en las principales vías navegables internacionales debe considerarse un mínimo para la correcta aplicación de la política propuesta.

1.4. Mejorar el cumplimiento de la legislación permitirá a las autoridades responsables, por una parte, desalentar las prácticas sociales ilícitas y, por otra, reforzar la competitividad y la competencia leal.

1.5. En aras de la buena gobernanza de la red europea de vías navegables interiores, el CESE considera que sigue siendo indispensable continuar y ampliar la estrecha cooperación existente entre la Comisión Europea y las comisiones fluviales europeas, en particular la Comisión Central para la Navegación del Rin (CCNR).

1.6. El CESE coincide en que, quizá mediante la incorporación de determinadas comisiones fluviales, además de los criterios comunes en materia de competencias que deberá fijar el Comité europeo para la elaboración de normas de navegación interior (CESNI), deberán establecerse unos criterios objetivos que permitan determinar qué vías navegables o qué tramos presentan riesgos específicos, para lo cual los Estados miembros deberán determinar requisitos adicionales además de las cualificaciones profesionales comunes.

1.7. Convendría comunicar cuanto antes y de manera explícita los principios y objetivos de la política elegida que fundamenta la propuesta.

2.1. Las industrias competitivas se basan en la capacidad para transportar grandes volúmenes de carga de una manera rentable. Los buques de navegación interior tienen una capacidad de carga que equivale a la de centenares de camiones —un convoy de cuatro gabarras empujadas (= 7 000 toneladas netas) equivale a 280 camiones de 25 toneladas netas de cada uno— lo que podría contribuir a ahorrar en costes de transporte y proteger el medio ambiente.

2.2. Unidos por el canal Meno-Danubio, el Rin y el Danubio conectan de forma directa a trece Estados miembros del Mar del Norte al Mar Negro a lo largo de 3 500 kilómetros. Cada año, se transportan por estas vías unos 500 millones de toneladas de carga, y solo el tráfico del Rin representa el 67 % del volumen transportado. Más del 75 % del transporte de navegación interior en la UE es transfronterizo. En Alemania, Bélgica y los Países Bajos, la cuota modal del transporte de navegación interior es del 12,5 %, el 25 % y el 38,7 %, respectivamente, y en el corredor del Rin —el núcleo industrial de Europa— es incluso superior al 50 %.

2.3. Con mercancías de 150 000 millones de toneladas-kilómetro por año, el transporte de navegación interior desempeña un importante papel en el funcionamiento de las cadenas logísticas multimodales de la UE. Según estudios recientes, los 2 200 millones EUR de valor añadido en el sector del transporte de navegación interior dan lugar a un valor añadido económico directo e indirecto de 13 200 millones EUR, es decir, un coeficiente multiplicador de 6,0.

2.4. Cifras clave sobre el mercado de trabajo de transporte por vías navegables interiores de la UE: — 41 500 trabajadores: cerca de 14 650 patrones de embarcaciones y 26 850 trabajadores,

— los...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT