DO C 205 de 9.6.2016, p. 17

SectionDiario Oficial

ISSN 1977-0928 Diario Oficial de la Unión Europea C 205 European flag Edición en lengua española Comunicaciones e informaciones 59° año
9 de junio de 2016

Número de información Sumario Página II Comunicaciones COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA Comisión Europea 2016/C 205/01 No oposición a una concentración notificada (Asunto M.8012 — HAL Investments/Coolblue) ( 1 ) 1 2016/C 205/02 No oposición a una concentración notificada (Asunto M.7910 — Kesko/Onninen) ( 1 ) 1 2016/C 205/03 No oposición a una concentración notificada (Asunto M.8031 — 3i Group/Wood Creek/Wireless Infrastructure Group) ( 1 ) 2

IV Información INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA Comisión Europea 2016/C 205/04 Tipo de cambio del euro 3 INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS 2016/C 205/05 Anuncio del Ministro de Desarrollo Nacional de Hungría de conformidad con el artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos 4 2016/C 205/06 Anuncio del Ministro de Desarrollo Nacional de Hungría de conformidad con el artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos 8 2016/C 205/07 Anuncio del Ministro de Desarrollo Nacional de Hungría de conformidad con el artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos 12

V Anuncios PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) 2016/C 205/08 Convocatoria de oposiciones generales 16 OTROS ACTOS Comisión Europea 2016/C 205/09 Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios 17 2016/C 205/10 Anuncio relativo a una solicitud con arreglo al artículo 35 de la Directiva 2014/25/UE — Solicitud presentada por una entidad adjudicadora 22


(1) Texto pertinente a efectos del EEE

ES

9.6.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 205/1

El 1 de junio de 2016, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

— en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

— en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html locale=es) con el número de documento 32016M8012. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.

(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

9.6.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 205/1

El 24 de mayo de 2016, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

— en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

— en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html locale=es) con el número de documento 32016M7910. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.

(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

9.6.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 205/2

El 2 de junio de 2016, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

— en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

— en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html locale=es) con el número de documento 32016M8031. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.

(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

9.6.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 205/3

1 euro =

Moneda Tipo de cambio USD dólar estadounidense 1,1378 JPY yen japonés 121,77 DKK corona danesa 7,4364 GBP libra esterlina 0,78048 SEK corona sueca 9,2283 CHF franco suizo 1,0942 ISK corona islandesa NOK corona noruega 9,2055 BGN leva búlgara 1,9558 CZK corona checa 27,021 HUF forinto húngaro 310,09 PLN esloti polaco 4,3228 RON leu rumano 4,5064 TRY lira turca 3,2799 AUD dólar australiano 1,5228 CAD dólar canadiense 1,4430 HKD dólar de Hong Kong 8,8338 NZD dólar neozelandés 1,6226 SGD dólar de Singapur 1,5337 KRW won de Corea del Sur 1 311,38 ZAR rand sudafricano 16,7612 CNY yuan renminbi 7,4727 HRK kuna croata 7,5285 IDR rupia indonesia 15 025,79 MYR ringit malayo 4,5811 PHP peso filipino 52,223 RUB rublo ruso 72,5458 THB bat tailandés 39,994 BRL real brasileño 3,8786 MXN peso mexicano 20,6820 INR rupia india 75,7210

(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.

9.6.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 205/4

En nombre del Estado húngaro, el Ministro de Desarrollo Nacional (en lo sucesivo «el adjudicador» o «el Ministro»), como Ministro responsable de asuntos mineros y del control de los bienes del Estado, y de conformidad con la Ley n.o CXCVI de 2011, relativa a los bienes nacionales (en lo sucesivo, «la Ley sobre bienes nacionales»), la Ley n.o XVI de 1991, relativa a las concesiones (en lo sucesivo, «la Ley sobre concesiones»), y la Ley n.o XLVIII de 1993, relativa al sector minero (en lo sucesivo, «la Ley sobre el sector minero») convoca una licitación pública para la prospección, exploración y producción de hidrocarburos en el marco de un contrato de concesión en las condiciones que se especifican a continuación.

1. El Ministro, en colaboración con la Oficina Húngara de Geología y Minería (Magyar Bányászati és Földtani Hivatal, en lo sucesivo «MBFH») y de conformidad con las disposiciones pertinentes de las leyes sobre las concesiones y el sector minero, procederá a la publicación de la convocatoria de licitación, la evaluación de las ofertas y la celebración del contrato de concesión. El comité de evaluación creado por el Ministro determinará qué ofertas cumplen el pliego de condiciones. A propuesta del comité de evaluación, el Ministro decidirá acerca de la adjudicación de la concesión y, sobre esa base, podrá celebrar el contrato de concesión con el licitador seleccionado, de conformidad con el artículo 5, apartado 1, de la Ley sobre concesiones (1). La lengua del procedimiento de licitación es el húngaro.

2. Las personas físicas húngaras o extranjeras y las entidades transparentes, a tenor de la Ley sobre bienes nacionales, que cumplan los criterios del pliego de condiciones podrán participar en el procedimiento de licitación, incluso en el marco de ofertas conjuntas. En caso de que varios licitadores presenten una oferta conjunta relativa a las actividades de la concesión, deberán designar obligatoriamente a uno de ellos como representante, pero asumirán la responsabilidad solidaria de la ejecución del contrato de concesión. En el marco de la licitación, los licitadores húngaros y extranjeros recibirán el mismo trato. A los efectos de la ejecución de las actividades de la concesión, el licitador que haya celebrado el contrato (en lo sucesivo, «el concesionario») deberá constituir, en un plazo de noventa días a partir de la entrada en vigor del contrato de concesión, una sociedad de capital situada en el territorio húngaro (en lo sucesivo, «la empresa concesionaria»), en la que participará personalmente y tendrá mayoría de acciones, participaciones y votos, tanto en el momento de la constitución de la sociedad como a lo largo de su existencia. Como propietario, el concesionario deberá además imponer en la empresa concesionaria el cumplimiento de las exigencias definidas en el contrato de concesión. La empresa concesionaria, como explotador minero, gozará de los derechos establecidos en el contrato de concesión y estará sujeta a las obligaciones derivadas de dicho contrato.

3. Duración de la concesión: veinte años a partir de la entrada en vigor del contrato de concesión; prorrogable una vez por un período máximo equivalente a la mitad de la duración prevista inicialmente sin que deba convocarse una nueva licitación específica, siempre que el concesionario y la empresa concesionaria hayan cumplido a su debido tiempo...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT