Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de enero de 2014, sobre el respeto del derecho fundamental a la libre circulación en la UE (2013/2960(RSP))

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

23.12.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 482/114

El Parlamento Europeo,

— Vistos los artículos 21, 45, 47 y 151 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y los artículos 15, 21, 29, 34 y 45 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

— Vista la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros (1), y en particular su artículo 7,

— Visto el Reglamento (UE) no 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión (2),

— Vistos el Reglamento (CE) no 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social (3), y el Reglamento (CE) no 987/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, por el que se adoptan las normas de aplicación del Reglamento (CE) no 883/2004 sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social (4),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 13 de julio de 2010, titulada «Reafirmación de la libre circulación de trabajadores: derechos y avances importantes» (COM(2010)0373),

— Visto el estudio publicado el 14 de octubre de 2013 sobre las consecuencias para los sistemas de seguridad social de los Estados miembros de los derechos de los inmigrantes en el interior de la UE que no ejercen una actividad económica a prestaciones pecuniarias especiales no contributivas y a asistencia sanitaria sobre la base de su lugar de residencia,

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 25 de noviembre de 2013, titulada «Libre circulación de los ciudadanos de la UE y de sus familias: cinco medidas clave» (COM(2013)0837),

— Vista la declaración de la Vicepresidenta Reding, de 5 de diciembre de 2013, ante el Consejo de Justicia y Asuntos de Interior sobre la libre circulación,

— Vista la declaración del Comisario László Andor, de 1 de enero de 2014, sobre el fin de las restricciones a la libre circulación de trabajadores procedentes de Bulgaria y Rumanía,

— Vista su Resolución, de 2 de abril de 2009, sobre la aplicación de la Directiva 2004/38/CE relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros (5),

— Vista su Resolución, de 29 de marzo de 2012, sobre el Informe sobre la ciudadanía de la UE 2010 — La eliminación de los obstáculos a los derechos de los ciudadanos de la UE (6),

— Visto el artículo 110, apartados 2 y 4, de su Reglamento,

A. Considerando que el derecho a la libre circulación de los ciudadanos es una de las cuatro libertades fundamentales de la UE consagradas en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea como piedra angular de la integración europea directamente vinculada a la ciudadanía de la UE;

B. Considerando que la libre circulación pertenece al núcleo de valores básicos de la UE, pues ofrece a sus ciudadanos la posibilidad de elegir dónde residir y trabajar y crea movilidad y desarrollo en el mercado laboral, en el sistema educativo y más allá;

C. Considerando que la libre...

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