Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de enero de 2014, sobre el proceso de integración europea de Kosovo (2013/2881(RSP))

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

23.12.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 482/127

El Parlamento Europeo,

— Vistas las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Salónica, celebrado los días 19 y 20 de junio de 2003, relativas a las posibilidades de adhesión a la Unión Europea de los países de los Balcanes Occidentales,

— Vistos el primer Acuerdo sobre los principios que rigen la normalización de las relaciones, celebrado el 19 de abril de 2013 entre los Primeros Ministros Ivica Dacic y Hasim Thaci, y el plan de acción para su aplicación, de 22 de mayo de 2013, resultado de diez rondas de diálogo de alto nivel entre Belgrado y Pristina,

— Visto el Informe conjunto de la Vicepresidenta/Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y la Comisión Europea, presentado el 22 de abril de 2013 al Parlamento Europeo y al Consejo, sobre los avances de Kosovo relativos a las cuestiones señaladas en las Conclusiones del Consejo de diciembre de 2012 con miras a una posible decisión acerca de la apertura de negociaciones sobre el Acuerdo de Estabilización y Asociación,

— Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de 28 de junio de 2013, en las que se adopta la Decisión por la que se autoriza la apertura de las negociaciones sobre el Acuerdo de Estabilización y Asociación entre la UE y Kosovo,

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 10 de octubre de 2012, relativa al estudio de viabilidad de un Acuerdo de Estabilización y Asociación entre la Unión Europea y Kosovo (COM(2012)0602),

— Vista la Decisión del Consejo, de 22 de octubre de 2012, por la que se autoriza a la Comisión a iniciar negociaciones sobre un acuerdo marco con Kosovo sobre su participación en los programas de la Unión,

— Vistos los informes del Secretario General de las Naciones Unidas acerca de las actividades en curso de la Misión de la Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo y los progresos relacionados con ella, incluido el informe publicado el 29 de agosto de 2013, cubre el periodo comprendido entre el 23 de abril y el 15 de julio, así como el informe más reciente publicado el 28 de octubre de 2013,

— Vista la Acción Común 2008/124/PESC del Consejo, de 4 de febrero de 2008, sobre la Misión de la Unión Europea por el Estado de Derecho en Kosovo, EULEX Kosovo, modificada por la Acción Común 2009/445/PESC del Consejo, de 9 de junio de 2009, por la Decisión 2010/322/PESC del Consejo, de 8 de junio de 2010, y por la Decisión 2012/291/PESC del Consejo, de 5 de junio de 2012,

— Vistas las conclusiones de las reuniones del Consejo de Asuntos Generales de 7 de diciembre de 2009, 14 de diciembre de 2010 y 5 de diciembre de 2011, en las que se subraya y reitera que Kosovo, sin perjuicio de la posición de los Estados miembros sobre su estatuto, también debe beneficiarse de la perspectiva de la posible liberalización del régimen de visados una vez se cumplan todas las condiciones; vistos el inicio de un diálogo sobre visados en enero de 2012, la presentación de una hoja de ruta para la liberalización de visados en junio de 2012, y el primer informe de la Comisión, de 8 de febrero de 2013, sobre el avance de Kosovo en el cumplimiento de los requisitos de la hoja de ruta para la liberalización del régimen de visados (COM(2013)0066),

— Visto el Diálogo estructurado sobre el Estado de Derecho iniciado el 30 de mayo de 2012,

— Visto el Consejo Nacional de Integración Europea de Kosovo, inaugurado en marzo de 2012, que depende del Gabinete del Presidente y actúa como organismo de coordinación de alto nivel responsable de establecer un consenso sobre la agenda europea a través de un enfoque incluyente y transversal entre las partes,

— Vistas la Resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia, de 22 de julio de 2010, sobre la conformidad con el Derecho internacional de la declaración unilateral de independencia con respecto a Kosovo, y la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 9 de septiembre de 2010 (1), que reconoce el contenido de dicha opinión consultiva y acoge con beneplácito la disposición de la Unión Europea a facilitar el diálogo entre Belgrado y Pristina,

— Vistas las declaraciones conjuntas de las reuniones interparlamentarias PE-Kosovo, celebradas los días 28 y 29 de mayo de 2008, 6 y 7 de abril de 2009, 22 y 23 de junio de 2010, 20 de mayo de 2011, 14 y 15 de marzo de 2012, y 30 y 31 de octubre de 2013,

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 16 de octubre de 2013, titulada «Estrategia de ampliación y principales retos para 2013-2014» (COM(2013)0700),

— Vista su Resolución, de 22 de octubre de 2013, sobre la gestión presupuestaria de los fondos de preadhesión de la Unión Europea en relación con los sistemas judiciales y la lucha contra la corrupción en los países candidatos o posibles candidatos (2), así como sus observaciones sobre Albania,

— Vistas sus anteriores resoluciones,

— Visto el artículo 110, apartado 2, del Reglamento,

A. Considerando que el acuerdo alcanzado en abril de 2013 por los Primeros Ministros Thaci y Dacic constituye un avance importante y refuerza la responsabilidad de ambas partes de aplicar el acuerdo de buena fe, continuar la normalización de las relaciones, y avanzar en las reformas necesarias en el camino hacia la integración europea;

B. Considerando que 104 de los 193 Estados miembros de las Naciones Unidas, incluidos 23 de los 28 Estados miembros de la UE, reconocen la independencia de Kosovo;

C. Considerando que todos los Estados miembros de la UE apoyan la perspectiva europea de Kosovo, de acuerdo con los compromisos de la UE con los Balcanes Occidentales y sin perjuicio de la posición de los Estados miembros en relación con el estatuto de Kosovo;

D. Considerando que las autoridades y el pueblo de la República de Kosovo han logrado importantes reformas políticas, administrativas y económicas; considerando que queda mucho por hacer para fortalecer el Estado de Derecho, que es la piedra angular del desarrollo a largo plazo, de la democracia y de la economía social de mercado;

E. Considerando que Kosovo ha aumentado su capacidad para abordar las prioridades del proceso de integración europea mediante el seguimiento de las prioridades a corto plazo identificadas por el estudio de viabilidad y mediante la preparación de las negociaciones del Acuerdo de Estabilización y Asociación (AEA);

F. Considerando que, en el contexto del diálogo sobre liberalización de visados, Kosovo ha modificado y adoptado legislación importante, incluidas leyes en materia de asilo, de financiación de los partidos políticos y de trata de seres humanos;

G. Considerando que son necesarios mayores esfuerzos para hacer frente a los retos del programa europeo de reformas, habida cuenta del AEA, en particular en ámbitos prioritarios como el Estado de Derecho, el sistema judicial, la administración pública, la reforma electoral y los derechos humanos y fundamentales;

1. Acoge con satisfacción la celebración del primer Acuerdo sobre los principios que rigen la normalización el 19 de abril de 2013 entre los dos Primeros Ministros, así como el acuerdo sobre el plan de aplicación del mismo, y subraya la importancia que reviste su aplicación cabal y de buena fe en el debido momento; celebra asimismo...

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