Asuntos acumulados C-522/07 y C-65/08: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 29 de octubre de 2009 (peticiones de decisión prejudicial planteadas por el Finanzgericht Düsseldorf — Alemania) — Dinter GmbH/Haputzollamt Düsseldorf (C-522/07), Europol Frost-Food GmbH/Hauptzollamt Krefeld (C-65/08) [Arancel Aduanero Común — Reglamento (CEE) no 2658/87 — Nomenclatura Combinada — Clasificación arancelaria — Validez — Nota complementaria — Zumo concentrado de manzana]
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ES Diario Oficial de la Unión Europea 19.12.2009
V
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PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES
TRIBUNAL DE JUSTICIA
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 29 de de 2009 (peticiones de decisión prejudicial
planteadas por el Finanzgericht Düsseldorf - Alemania) Dinter GmbH/Haputzollamt Düsseldorf (C-522/07),
Europol Frost-Food GmbH/Hauptzollamt Krefeld (C-65/08)
(Asuntos acumulados C-522/07 y C-65/08) ( 1 )
[Arancel Aduanero Común - Reglamento (CEE) n o 2658/87 - Nomenclatura Combinada - Clasificación arancelaria - Validez - Nota complementaria - Zumo concentrado de manzana]
(2009/C 312/02)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Finanzgericht Düsseldorf
Partes en el procedimiento principal
Dinter GmbH (C-522/07), Europol Frost-Food GmbH (C-65/08)
Hauptzollamt Düsseldorf (C-522/07), Hauptzollamt Krefeld (C-65/08)
Petición de decisión prejudicial - Finanzgericht Düsseldorf - Interpretación y validez de la nota complementaria 5, letra b), del Capítulo 20 del anexo I del Reglamento (CEE) n o 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura y estadística y al arancel aduanero común (DO L 256, p. 1), en su versión modificada por el Reglamento
o 1810/2004 de la Comisión, de 7 de septiembre de 2004 (DO L 327, p. 1) - Concentrado de jugo de manzana con un valor Brix de 66,8, sin azúcar añadido - Clasificación de este producto en la subpartida arancelaria 2009 7999 (jugo de manzana sin azúcar añadido) o en la subpartida 2106 9098 (las demás preparaciones alimenticias no expresadas ni comprendidas en otra parte) - Límites de las facultades concedidas
Comisión por el artículo 9 del Reglamento (CEE)
n o 2658/87 del Consejo para precisar el contenido de las partidas arancelarias.
Fallo
La nota complementaria 5, letra b), del capítulo 20 del anexo I del Reglamento (CEE) n o 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la Nomenclatura Arancelaria y Estadística y al Arancel Aduanero Común, resultante de los Reglamentos (CE) n o 1776/2001 de la...
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