Asunto T-427/09: Recurso interpuesto el 22 de octubre de 2009 — centrotherm Clean Solutions/OAMI — Centrotherm Systemtechnik (CENTROTHERM)

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 312/39

Marca o signo invocados en oposición: la marca denominativa con o 4.017.836 y la marca denominativa alemana

30.415.017.1 «Qualifiers 2006», la marca denominativa y figurativa alemana n o 30.414.610.2 «2006 QUALIFIERS», la denominativa alemana n o 30.515.033.2 «Qualifiers 2008», así como la marca denominativa y figurativa alemana 30.565.616.3 «2008 QUALIFIERS», todas ellas registradas, entre otras, para productos comprendidos en la clase 12

Resolución de la División de Oposición: estimación de la oposición

Resolución de la Sala de Recurso: desestimación del recurso

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n o 207/2009, ( 1

) porque no existe riesgo de confusión entre las marcas en conflicto.

) Reglamento (CE) n o 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO L 78, p. 1).

Marca o signo invocados en oposición: Registro comunitario de la marca denominativa «BLAST» para productos y servicios de las clases 7, 35 y 37; registro de Benelux de la marca denominativa «BLAST» para productos y servicios de las clases 7, 35 y 37

Resolución de la División de Oposición: Estimación de la oposición

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso

Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n o 40/94 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n o 207/2009], al considerar la Sala de Recurso erróneamente que existía riesgo de confusión entre las dos marcas en conflicto.

Recurso interpuesto el 14 de octubre de 2009 - Honda Motor/OAMI - Blok (BLAST)

(Asunto T-425/09)

(2009/C 312/64)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Honda Motor Co., Ltd. (Tokio, Japón) (representante: M. Graf, abogado)

Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Hendrik Blok (Oudenaarde, Bélgica)

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 16 de julio de 2009 en el asunto R 1097/2008-1.

- Que se condene en costas a la demandante.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: La demandante

Marca comunitaria solicitada: La marca denominativa «BLAST», para productos de las clases 7 y 12

Titular de la marca o del signo invocados en oposición: La otra parte en...

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