Asunto T-434/09: Recurso interpuesto el 26 de octubre de 2009 — Centrotherm Systemtechnik/OAMI — centrotherm Clean Solutions (CENTROTHERM)
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ES Diario Oficial de la Unión Europea 19.12.2009
Motivos y principales alegaciones
Marca comunitaria registrada, respecto a la que se presentó una solicitud de nulidad: «CENTROTHERM» para productos y servicios de las clases 11, 17, 19 y 42 (marca comunitaria n o 1.301.019)
de la marca comunitaria: Centrotherm Systemtechnik
Solicitante de la nulidad de la marca comunitaria: La demandante
Resolución de la División de Anulación: Declaración de caducidad de la marca comunitaria
Resolución de la Sala de Recurso: Anulación parcial de la resolución de la División de Anulación y declaración parcial de caducidad de la marca comunitaria
Motivos invocados: Infracción del artículo 51, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) n o 207/2009, ( 1
) en relación con la regla 40, apartado 5, y la Regla 22, apartados 2 y 3, del Reglamento
o 2868/95, ( 2 ) en la medida en que las pruebas del uso presentadas por el titular de la marca se consideran suficientes para fundamentar un uso efectivo de la marca controvertida en el sentido del artículo 15 del Reglamento n o 207/2009.
) Reglamento (CE) n o 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de
2009, sobre la marca comunitaria (DO L 78, p. 1). ) Reglamento (CE) n o 2868/95 de la Comisión, de 13 de diciembre de
1995, por el que se establecen normas de ejecución del Reglamento
o 40/94 del Consejo sobre la marca comunitaria (DO L 303,
Recurso interpuesto el 29 de octubre de 2009 - TTNB/OAMI - March (Tila March)
(Asunto T-433/09)
(2009/C 312/66)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: francés
TTNB SARL (representante: J.-M. Moiroux, aboOficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Juan Carmen March (Madrid)
Pretensiones de la parte demandante
Que se anule la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI el 20 de agosto de 2009 dictada en el asunto R 1538/2008-2 y se autorice el registro de la marca solici- Que se condene en costas a la OAMI.
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: Sra. Tamara Taichman, a la que sucedió la demandante
Marca comunitaria solicitada: marca denominativa «Tila March» para productos comprendidos en las clases 3, 18 y 25 - solicitud de registro n o 5.402.722
Titular de la marca o del signo invocados en oposición: Carmen March Juan
Marca o signo invocados en oposición: la marca denominativa española «CARMEN MARCH» para productos y servicios comprendidos en las clases 3...
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