Commission Regulation (EC) No 1897/2002 of 24 October 2002 opening an invitation to tender for the refund on export of wholly milled, medium-grain and long-grain A rice to certain third countries
Coming into Force | 28 October 2002 |
Published date | 25 October 2002 |
ELI | http://data.europa.eu/eli/reg/2002/1897/oj |
Celex Number | 32002R1897 |
Date | 24 October 2002 |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Communities, L 287, 25 October 2002 |
Reglamento (CE) n° 1897/2002 de la Comisión, de 24 de octubre de 2002, por el que se abre una licitación para la determinación de la restitución por exportación de arroz blanqueado de grano medio y largo A con destino a determinados terceros países
Diario Oficial n° L 287 de 25/10/2002 p. 0008 - 0010
Reglamento (CE) no 1897/2002 de la Comisión
de 24 de octubre de 2002
por el que se abre una licitación para la determinación de la restitución por exportación de arroz blanqueado de grano medio y largo A con destino a determinados terceros países
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) n° 3072/95 del Consejo, de 22 de diciembre de 1995, por el que se establece la organización común del mercado del arroz(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 411/2002 de la Comisión(2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 13,
Considerando lo siguiente:
(1) El examen del balance de previsiones revela la existencia de disponibilidades exportables de arroz en poder de los productores. Dicha situación podría afectar el desarrollo normal de los precios al productor en la campaña 2002/03.
(2) Para poner remedio a dicha situación, procede prever la concesión de restituciones a la exportación a las zonas que puedan abastecerse en la Comunidad. La situación especial del mercado del arroz determina que resulte adecuada la limitación cuantitativa de las restituciones y, por consiguiente, la aplicación de lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento (CE) n° 3072/95 por el que se prevé que el importe de la restitución a la exportación podrá fijarse mediante licitación.
(3) Procede mencionar que se aplicará en el marco de la presente licitación lo dispuesto en el Reglamento (CEE) n° 584/75 de la Comisión, de 6 de marzo de 1975, por el que se establecen las modalidades de aplicación relativas a la salida a licitación de la restitución a la exportación en el sector del arroz(3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 299/95(4).
(4) En aras de una gestión saneada de los mercados, es conveniente limitar la licitación a determinadas zonas mencionadas en el anexo del Reglamento (CEE) n° 2145/92 de la Comisión(5), modificado por el Reglamento (CE) n° 3304/94(6), excluyendo al mismo tiempo determinados destinos.
(5) En aplicación del artículo 14 del...
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